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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2022 (01/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Sábado 1 de enero de 2022 El Peruano / VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PALLASCA – MOLLEPATA – MOLLEBAMBA – SANTIAGO DE CHUCO – EMP. RUTA 10, TRAMO: SANTIAGO DE CHUCO – CACHICADAN – MOLLE PATA” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALPASTOR VALVERDE MACEDONIOCODIGO: MOLLO-0754 AREA AFECTADA: 379.00m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 3 162,80 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: AREA AFECTADA 01• Por el Norte : Colinda con el área remanente del predio con UC 20097 en 10.10m. • Por el Sur: Colinda con la Carretera Santiago de Chuco - Mollepata en 0.00m • Por el Este : Colinda con la Carretera Santiago de Chuco - Mollepata en 48.28m.. • Por el Oeste: Colinda con el área remanente del predio con UC 20097 en 56.50m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE: AREA AFECTADA 1 VERTICE LADO DISTANCIACOORDENADAS UTM WGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 2.98 829996.1601 9098978.1215 2 2-3 5.96 829997.7104 9098980.66103 3-4 4.14 829993.3316 9098984.71034 4-5 20.57 829990.4375 9098987.67685 5-6 4.17 829980.1514 9098969.86576 6-7 2.62 829978.2025 9098966.17767 7-8 3.62 829977.0753 9098963.81768 8-9 3.77 829975.6771 9098960.48089 9-10 2.92 829974.4656 9098956.9134 10 10-11 2 829973.7288 9098954.0836 11 11-12 2.03 829973.3403 9098952.1253 12 12-13 2.07 829973.0479 9098950.112613 13-14 2.11 829972.8639 9098948.049514 14-15 2.15 829972.8008 9098945.9418 Partida Registral: N° 04022591 perteneciente de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo. O fi cina Registral de Otuzco. Certifi cado De Búsqueda Catastral: Emitido con fecha 14.10.2019 (Informe Técnico Nº 9905-2019-ZR-V-ST/OC) por la Ofi cina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo.Informe Técnico N° 262-2021-AAM de fecha 12.08.2021 emitido por Veri fi cador Catastral15 15-16 2.18 829972.8715 9098943.7968 16 16-17 2.78 829973.0883 9098941.624117 17-18 3.51 829973.5785 9098938.885418 18-19 1.56 829974.6151 9098935.529219 19-20 2.93 829974.6290 9098937.088420 20-21 4.03 829975.1733 9098939.967921 21-22 8.24 829976.2947 9098943.837322 22-23 11.14 829979.3954 9098951.476123 23-24 11.78 829985.0855 9098961.0544 24 24-1 8.6 829991.9710 9098970.6128 2027033-1 Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Trujillo – Shiran – Huamachuco, Tramo: Dv. Otuzco – Dv. Callacuyan” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1426-2021-MTC/01.02 Lima, 30 de diciembre de 2021VISTA: La Nota de Elevación N° 303-2021-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Carretera longitudinal de la sierra: Chiple - Cutervo - Cochabamba - Chota - Bambamarca - Hualgayoc - Desvío Yanacocha, Cajabamba - Sausacocha, Huamachuco - Shorey - Santiago de Chuco - Pallasca - Cabana - Tauca, Huallanca - Caraz, Huallanca - La Unión - Huánuco, Izcuchaca - Mayocc - Huanta Ayacucho - Andahuaylas – Abancay”; y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Q ue, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo N° 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, asimismo el numeral 4.5 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne a la Expropiación como la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada sustentada en causa de seguridad nacional o necesidad pública,