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6 NORMAS LEGALES Martes 22 de febrero de 2022 El Peruano / ITEM REGIÓN PROVINCIA DISTRITO LOCALIDAD N° SFVD 18 SAN MARTÍN LAMAS BARRANQUITA SANGAMAYOC 3019 SAN MARTÍN SAN MARTÍN CHAZUTAAGUANO MUYUNA 35 20 SAN MARTÍN SANTA ELENA 16 21 SAN MARTÍN BALSAYACU 20 22 SAN MARTÍN QUILLO ALLPA 33 23 SAN MARTÍN JUMACHI 2424 SAN MARTÍN SANTA CRUZ 21 25 SAN MARTÍNCARRETERA TUNUMBA19 26 SAN MARTÍNCARRETERA SIAMBAL25 27 SAN MARTÍN EL DORADOSAN MARTÍN DE ALAO CASHNAHUASI 31 28 SAN MARTÍN CONSTANCIA 45 29 SAN MARTÍN EL PORVENIR 10 30 SAN MARTÍN EL TRIUNFO 37 31 SAN MARTÍN INCAICO 26 32 SAN MARTÍN LA FLORIDA 25 33 SAN MARTÍN NUEVA ESPERENZA 40 34 SAN MARTÍN PACAYPAMPA 18035 SAN MARTÍN EL DORADOSAN MARTÍN DE ALAO PEBAS 30 36 SAN MARTÍN SANANGO 16 37 SAN MARTÍN SECTOR UVOS 35 38 SAN MARTÍN NUEVO TRUJILLO 11 39 SAN MARTÍN ALTO SHATOJILLO 10 40 SAN MARTÍN SAN PEDRO 27 41 SAN MARTÍN PONCIANO 29 42 SAN MARTÍN ISHANGA 9 43 SAN MARTÍN CHAWARSAPA 11 44 SAN MARTÍN VAINILLA 8 45 SAN MARTÍN SAN MARTÍN SHAPAJASECTOR LA UNIÓN 28 46 SAN MARTÍNSECTOR CHUROQUEBRADA14 47 SAN MARTÍNSECTOR CHAQUISHCARARCA6 48 SAN MARTÍN NUEVO LAMAS 13 49 SAN MARTÍN LAMAS TABALOSOSALTO HUNGURAHUI 74 50 SAN MARTÍN LA FLORIDA 70 51 SAN MARTÍN LAMAS TABALOSOSLEJIA 38 52 SAN MARTÍN PONAZAPA 37 53 SAN MARTÍN HUNGURAHUIPAMPA 67 54 SAN MARTÍN SAPOTEYACU 38 55 SAN MARTÍN MISQUIYAKU 30 56 SAN MARTÍN COCHAPAMPA 4657 SAN MARTÍN CHURUZAPA 34 58 SAN MARTÍN MARAYCILLO 17 59 SAN MARTÍN PANJUY 66 1895 Artículo 3. - Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 153-2021 a suscribirse con ENTELIN PERÚ S.A.C., el que consta de 18 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 153-2021 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 153-2021, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- Notifi car la presente Resolución Directoral a ENTELIN PERÚ S.A.C. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario o fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE MIGUEL OPORTO VARGAS Director General de ElectricidadDirección General de Electricidad 2035145-1 INTERIOR Aprueban reasignación en el cargo de diversos Oficiales Generales de Armas y de Servicios de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2022-IN Lima, 21 de febrero de 2022VISTO, el Informe N° 006-2022-CG PNP-SEC, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú, establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de la Policía Nacional; Que, el artículo 168 de la Constitución Política del Perú, precisa que las Leyes y Reglamentos respectivos, determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, modi fi cado por Ley N° 31379, precisa que la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú es el órgano de Comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú, encargado de plani fi car, organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de la gestión administrativa y operativa de la Policía Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en un contexto de mejor atención a la ciudadanía y e fi ciente uso de los recursos, en el marco de las políticas sectoriales aprobadas por el Ministerio del Interior; Que, el numeral 25 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, concordante con el literal b del artículo 32 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2013-IN, establece que la reasignación, es la ubicación del personal en situación de actividad, en un cargo especí fi co, acorde a las especialidades funcionales, al Cuadro de Organización y al Cuadro de Personal, la misma que se ejecuta en cualquier momento; Que, el numeral 2 del artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, concordante con el literal b. del artículo 39 de su Reglamento, señala como causales de asignación y reasignación del cargo del personal de la Policía Nacional del Perú, entre otras, la causal por necesidad del servicio, en atención al cumplimiento de la misión asignada; Que, el numeral 1 del artículo 28 del Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que la asignación y reasignación en el cargo de los O fi ciales Generales se aprueba por Resolución Suprema; Que, el Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú, ha certi fi cado el crédito presupuestario para la reasignación de O fi ciales Generales de Armas de la Policía Nacional del Perú; De conformidad, a la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº