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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (22/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Martes 22 de febrero de 2022 El Peruano / Artículo 2.- Los Factores de Reajuste serán aplicados a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el período correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiéndose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere. Artículo 3.- Los factores indicados no serán aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variación mencionada en el período correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales especí fi cos. Artículo 4.- Los montos de obra a que se re fi ere el artículo 2 comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Artículo 5.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstos derivan de los aumentos de mano de obra. Artículo 6.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolución, serán acumulativos por multiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato respectivo. Artículo 7.- Las Áreas Geográ fi cas comprenden los departamentos siguientes: a) Área Geográ fi ca 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. b) Área Geográ fi ca 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Área Geográ fi ca 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. d) Área Geográ fi ca 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. e) Área Geográ fi ca 5: Loreto. f) Área Geográ fi ca 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios. Regístrese y comuníquese. DANTE CARHUAVILCA BONETT Jefe 2041120-2 ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SANIPES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 016-2022-SANIPES/PE Surquillo, 21 de febrero de 2022VISTO:El Memorando Nº 030-2022-SANIPES/PE de la Presidencia Ejecutiva, el Memorando Nº 066-2022-SANIPES/GG de la Gerencia General, el Informe Nº 113-2022-SANIPES/OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos; y el Informe Nº 045-2022-SANIPES/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica;CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de los cargos de con fi anza se efectúa mediante Resolución Ministerial o Titular de la Entidad correspondiente; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 018-2020-SANIPES/PE, publicada en el diario O fi cial El Peruano el 1 de marzo de 2020, se resuelve designar a la señora PAMELA ROXANA MEZA PINTO, como Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, previsto en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), como Empleado de Confi anza de la Entidad; Que, con carta s/n de fecha 27 de enero de 2022, la señora PAMELA ROXANA MEZA PINTO puso a disposición su cargo de Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, puesto en el que fue designado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 018-2020-SANIPES/PE; Que, el numeral y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SANIPES, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 053-2021-SANIPES/PE establece que es función de la Presidencia Ejecutiva emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Con las visaciones de la Unidad de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1402; Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 053-2021-SANIPES/PE que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES); y, la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR LA RENUNCIA de la señora PAMELA ROXANA MEZA PINTO, en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, con e fi cacia anticipada al 21 de febrero de 2022, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DISPONER que la Unidad de Recursos Humanos, noti fi que la presente Resolución a los interesados. Artículo 3.- DISPONER a la Gerencia General la publicación de la presente Resolución, en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES (www.sanipes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO HUMBERTO SARAVIA ALMEYDA Presidente Ejecutivo 2041306-1