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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2022 (19/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Martes 19 de julio de 2022 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 31517 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA EL CULTIVO DEL YUTE (URENA LOBATA) PARA IMPULSAR LA ECONOMÍA LOCAL, REGIONAL Y NACIONAL Artículo 1. Declaración de interés nacional y necesidad pública Declárase de interés nacional y necesidad pública el cultivo del yute (Urena lobata) para la siembra, aprovechamiento sostenible, comercialización y su industrialización, a fi n de impulsar la economía local, regional y nacional. Artículo 2. Impulso de la siembra, aprovechamiento sostenible, comercialización e industrialización del cultivo del yute (Urena lobata) Dispónese que el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en coordinación con los gobiernos regionales y locales, tome todas las acciones necesarias de acuerdo con sus competencias para impulsar la siembra, aprovechamiento sostenible, comercialización e industrialización del cultivo del yute (Urena lobata). Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2087705-1 LEY Nº 31518 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente:LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA PRODUCCIÓN, EXPORTACIÓN E INDUSTRIALIZACIÓN DE FRUTOS DEL BOSQUE (BERRIES) Artículo 1. Declaratoria de interés nacional Declárase de interés nacional la formulación de políticas públicas focalizadas, a fi n de fomentar, a nivel nacional, la producción, exportación e industrialización de los frutos del bosque (berries), con especial énfasis en aquellos de menor desarrollo y atención, tales como la fresa, la frambuesa, la mora y el aguaymanto. Artículo 2. Competencias y coordinaciones El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en coordinación con los gobiernos regionales involucrados, en el marco de sus funciones y competencias, realizan las coordinaciones y medidas necesarias para cumplir con el objeto de la presente ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2087705-2 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 31519 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE UNIDADES NAVALES Y PERSONAL MILITAR EXTRANJERO CON ARMAS DE GUERRA AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Artículo 1. Objetivo de la Resolución Legislativa Autorízase el ingreso al territorio de la República de cuatro (4) unidades navales extranjeras y de una (1) unidad aeronaval embarcada, así como de doscientos setenta (270) efectivos militares extranjeros de la Marina de Brasil y la Armada de Colombia, con la fi nalidad de participar en el Ejercicio Operacional BRACOLPER NAVAL 2022 y en las actividades protocolares programadas por el aniversario de la independencia del Perú; así como, el sobrevuelo por el espacio aéreo peruano de la correspondiente aeronave embarcada durante el citado ejercicio, que se desarrollará en el río Amazonas – Iquitos, del 22 de julio al 4 de agosto