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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2022 (19/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Martes 19 de julio de 2022 El Peruano / Escuelas Bicentenario, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO FRANCISCO PELAÉZ CRUZ DEL CASTILLODirector EjecutivoProyecto Especial de Inversión PúblicaEscuelas Bicentenario 2087407-1 Designan Directora de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario – PEIP Escuelas Bicentenario RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 00065-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB-DIEJE Lima, 15 de julio de 2022VISTOS:i) El Informe Nº 00110-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB- OA, de la O fi cina de Administración, ii) El Informe Nº 00166-2021-MINEDU/VMGI-PEIPEB-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2020-MINEDU, se crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario (en adelante PEIP Escuelas Bicentenario), con el objeto de ejecutar una cartera de inversiones constituida por setenta y cinco proyectos de inversión de las Instituciones Educativas de Lima Metropolitana y de las Instituciones Educativas Emblemáticas ubicadas en ocho departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU se aprueba el Manual de Operaciones (en adelante MOP) del PEIP Escuelas Bicentenario, el cual establece en su artículo 2 que el PEIP Escuelas Bicentenario es un Proyecto Especial que cuenta con autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de Proyectos Especiales de Inversión Pública y dicta otras disposiciones; Que, de acuerdo a los artículos 7 y 8 del MOP del PEIP Escuelas Bicentenario, el Director Ejecutivo es la máxima autoridad administrativa, responsable de la dirección y administración general, quien ejerce funciones ejecutivas, de administración y representación del PEIP Escuelas Bicentenario, encontrándose entre sus funciones la de designar y remover a los titulares de los órganos y puestos de con fi anza del PEIP Escuelas Bicentenario; Que, el “Anexo 2: Puestos del PEIP” del MOP del PEIP Escuelas Bicentenario, establece como puesto del PEIP Escuelas Bicentenario al Director del Sistema Administrativo II, quien deberá cumplir con lo establecido en el numeral 9.2 del artículo 9 del Reglamento PEIP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 119-2020-EF, que señala requisitos mínimos para ocupar el puesto de director/a ejecutivo/a y demás puestos de responsabilidad directiva que sean de libre designación y remoción; Que, mediante el Informe Nº 00110-2022-MINEDU/ VMGI-PEIPEB-OA, la O fi cina de Administración señala que la señora SHEILAH MÓNICA LOZANO RODRÍGUEZ cumple con los requisitos para el cargo de con fi anza de Directora de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos del PEIP Escuelas Bicentenario; Que, mediante Informe Nº 00166-2022-MINEDU/ VMGI-PEIPEB-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, señala que resulta legalmente viable efectuar la designación de la señora SHEILAH MÓNICA LOZANO RODRÍGUEZ en el cargo de con fi anza de Directora de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos del PEIP Escuelas Bicentenario; Con los vistos de la O fi cina de Administración y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; en el Decreto de Urgencia Nº 021, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 119-2020-EF; y, en el Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, aprobado por Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, a partir del 19 de julio de 2022, a la señora SHEILAH MÓNICA LOZANO RODRÍGUEZ para desempeñar las funciones del cargo de Directora de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario – PEIP Escuelas Bicentenario. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución a la señora SHEILAH MÓNICA LOZANO RODRÍGUEZ. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Tecnologías de Información la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO FRANCISCO PELAÉZ CRUZ DEL CASTILLODirector EjecutivoProyecto Especial de Inversión PúblicaEscuelas Bicentenario 2087414-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban exclusión de doce Fichas de Homologación de la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 259-2022-MINEM/DM Lima, 15 de julio de 2022 VISTOS: El Informe Nº 002-2022-MINEM/DGEE- JWCCH-LEDD y el Memorando Nº 00214-2022/MINEM-DGEE de la Dirección General de E fi ciencia Energética; el Memorando Nº 00348-2022/MINEM-VME del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe Nº 638-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27345, Ley de Promoción del Uso E fi ciente de la Energía, declara de interés nacional la promoción del Uso E fi ciente de la Energía para asegurar el suministro de energía, proteger al consumidor, fomentar la competitividad de la economía nacional y reducir el impacto ambiental negativo del uso y consumo de los energéticos; asimismo, el artículo 2 de la referida Ley, señala que el Ministerio de Energía y Minas es la autoridad competente del Estado para la promoción del uso e fi ciente de la energía; Que, el literal b) del numeral 6.3 del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 27345, aprobado por Decreto