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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2022 (11/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Viernes 11 de marzo de 2022 El Peruano / solicita opinión legal respecto al Proyecto de Decreto de Alcaldía para la incorporación al Equipo Técnico Municipal, de dos (02) representantes de la Sociedad Civil (CCLD), para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2023 en el distrito de San Juan de Mira fl ores; Que, con Informe Nº 059-2022-GAJ/MDSJM, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la Proyecto de Decreto de Alcaldía para la incorporación al Equipo Técnico Municipal, de dos (02) representantes de la Sociedad Civil (CCLD), para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2023 en el distrito de San Juan de Mira fl ores en virtud a la Ordenanza Municipal Nº 461-2022/MDSJM, ordenanza que apertura el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San juan de Mira fl ores y el artículo 19º y 20º de la antes mencionada norma, que establece la conformación del equipo técnico y sus responsabilidades respectivamente para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2023. Estando a los considerandos antes mencionados, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la incorporación al Equipo Técnico Municipal, de dos (02) representantes de la Sociedad Civil (CCLD), para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2023 en el distrito de San Juan de Mira fl ores, siendo los siguientes: Funcionarios: Cargo a) Gerente de Planeamiento y Presupuesto Presidente h) Gerente de Desarrollo Urbano.Secretario Técnico b)Subgerente de Presupuesto y Programación de Inversiones Miembro c)Subgerente de Planeamiento Estratégico y cooperación Técnica Miembro d) Gerente de la Mujer y Desarrollo Social Miembroe) Subgerente de Participación Vecinal. Miembro f)Subgerente de Tecnologías de la Información y Soporte Informático Miembro g)Subgerente de Imagen Comunicaciones e Imagen Institucional Miembro i)Subgerencia de Proyectos de Inversiones y Obras Públicas Miembro j) Gerente de Seguridad Ciudadana y Vial Miembro k) Gerente de Gestión Ambiental Miembro l) Gerente de Administración y Finanzas. Miembro Sociedad Civil: m) 02 Representantes de la Sociedad Civil (CCLD) Miembro Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Supervisión y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER al Equipo Técnico, el cumplimiento de la Ordenanza Nº 461-MDSJM que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2023 en el distrito de San Juan de Mira fl ores, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01; y demás normas vigentes referentes al presupuesto participativo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Participación Vecinal la Convocatoria a los representantes de las Organizaciones Sociales para la participación en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2023 en el distrito de San Juan de Mira fl ores Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores (www.munisjm.qob.pe) y el Portal del Estado Peruano.peru.qob.pe), respectivamente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.DANIEL CASTRO SEGURA Alcalde 2046831-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Aprueban el Reglamento para las Elecciones Municipales en los Centros Poblados de jurisdicción de la provincia de Mariscal Nieto ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2022-MPMN Moquegua, 7 de marzo de 2022EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTO, en “Sesión Extraordinaria” de fecha 04- 03-2022, el Dictamen Nº 003-2022-COPP-MPMN de Registro Nº 2206386 de fecha 01-03-2022, Informe Legal Nº 086-2022-GAJ/GM/MPMN de Registro Nº 2202870 de fecha 02-02-2022 sobre PROPUESTA DEL REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES EN LOS CENTROS POBLADOS DE JURISDICCIÓN DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO – MOQUEGUA, Y; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título preliminar de la Ley Nº 27972; Que, mediante Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; en su artículo 40º del mismo cuerpo de Ley, es que señala que las ordenanzas son normas de carácter de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna , la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Que, la Ley Nº 31079 LEY QUE MODIFICA LA LEY 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, RESPECTO DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS, MODIFICADA POR LA LEY 30937, Y LA LEY 28440, LEY DE ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE CENTROS POBLADOS, modi fi ca los artículos 128, 130, 131 y 133 de la Ley Nº 27972,N Ley Orgánica de Municipalidades, modi fi cada por la Ley 30937 y a la vez modi fi ca los artículos 2º, 3º, 4º y 5º la Ley Nº 28440-Ley de elecciones de Autoridades Municipales; Que, la Ley Nº 30305 - Ley de reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política