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75 NORMAS LEGALES Viernes 11 de marzo de 2022 El Peruano / Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 2047065-1 Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de El Porvenir - Trujillo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 318-2022-MP-FN Lima, 10 de marzo de 2022 VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nros. 410 y 563-2022-MP-FN- PJFSLALIBERTAD, cursados por la abogada Marena Mendoza Sánchez, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, mediante los cuales eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Provincial Transitorio, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de El Porvenir-Trujillo, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 103-2021, de fecha 09 de noviembre de 2021, se resolvió aprobar el Presupuesto Analítico de Personal del Ministerio Público, a fi n de desarrollar acciones para el nombramiento de los fi scales del Ministerio Público, debiendo remitirse a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, las resoluciones del personal nombrado y contratado, según corresponda, para el registro de los datos personales y laborales del personal en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas; por lo que, mediante Resolución de la Gerencia General N° 1131-2021-MP-FN-GG, de fecha 15 de noviembre de 2021, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal 2021 (PAP) del Pliego 022 Ministerio Público, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2021, disponiéndose se remita copia de la citada resolución a la Dirección antes señalada y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, entre otros. En consecuencia, se hace necesario nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verifi cación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Delmy María Díaz Fernández, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de La Libertad, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1996-2018-MP-FN, de fecha 14 de junio de 2018. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Delmy María Díaz Fernández, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de El Porvenir-Trujillo, con reserva de su plaza de origen. Artículo Tercero.- Precisar que el nombramiento y designación efectuados en el artículo precedente, surtan efectos a partir de la fecha de juramentación y culminen el 31 de diciembre del año en curso, conforme a lo establecido en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 077-2021-MP-FN-JFS, de fecha 14 de diciembre de 2021. Artículo Cuarto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 2047066-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Miraflores RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 319-2022-MP-FN Lima, 10 de marzo de 2022VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nros. 147, 392 y 844-2022-MP-FN- PJFSLIMASUR, cursados por la abogada Niccy Mariel Valencia Llerena, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, y el o fi cio N° 302-2022-MP-FN-PJFSLIMASUR, suscrito por el abogado Ulises Cipriano Lovaton Yanayaco, Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, encargado, en ese entonces, de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, mediante los cuales, entre otros, se eleva la carta de renuncia y la conformidad de la misma, de la abogada Celina Marleni Uriarte Sánchez, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Mira fl ores, presentada el 11 de enero del 2022, dirigido a la Presidencia antes citada, por motivos estrictamente personales, informando que su último día de labores sería el 07 de enero de 2022; la misma que ha sido comunicada a la O fi cina General de Potencial Humano, vía correo electrónico. Asimismo, se elevan las propuestas respectivas, a fi n de cubrir la referida plaza. Que, de la revisión de la solicitud de la renuncia presentada el 11 de enero de 2022, se aprecia que la abogada Celina Marleni Uriarte Sánchez, solicita que la misma sea considerada a partir del 07 de enero de 2022. Que, el Gerente de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (e), a través del informe N° 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, señala que conforme a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N° 30483 - Ley de la Carrera Fiscal y, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, así como los artículos 183 y 185 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, con la renuncia desde que ésta es aceptada, encontrándose el empleador facultado de aceptarla desde la fecha en la que fue formalmente presentada o dentro de los 30 días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador. En igual sentido, el Tribunal de Servicio Civil, en el fundamento 36 de la Resolución N° 01524-2016-SERVIR/TSC-Primera Sala de fecha 18 de agosto de 2016, ha señalado que “(…) el acto de renuncia no puede ser formulado con efecto retroactivo, es decir presentarla con fecha posterior a la fecha en que empezará a surtir efecto (…)”.