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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2022 (14/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 14

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Lunes 14 de marzo de 2022 El Peruano / Que, las dietas de los Consejeros/as Regionales no superan el porcentaje establecido en el Artículo 5º de la acotada norma. En tal sentido el monto de la remuneración del Gobernador y Vicegobernador, así como las dietas de los/as Consejeros/as Regionales, para el Ejercicio Presupuestal 2022, no han sufrido incremento alguno en relación a aquella aprobada con Acuerdo de Consejo Regional Nº 004 de fecha 28 de enero de 2019 y sus rati fi caciones con Acuerdo de Consejo Regional Nº 006 de fecha 20 de febrero de 2020 y Acuerdo de Consejo Regional Nº 003 de fecha 02 de febrero de 2021; Que, mediante Decreto Supremo Nº 150-2021-PCM, publicada el 27 de agosto de 2021 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se fi jó el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el Año 2022, el cual se fi jó en la suma de S/ 2,6000.00 (DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES); Que, mediante Ley Nº 31365 publicada el 30 de noviembre de 2021 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se dicta la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, que establece en el Numeral 4.2 del Artículo 4 “Todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativas que autoricen gastos no son e fi caces si no cuentan con el crédito presupuestario correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, así como del jefe de la O fi cina de Presupuesto y del jefe de la Ofi cina de Administración, o los que hagan sus veces, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.”; Que, la Secretaría del Consejo Regional mediante Memorando Múltiple Nº 002-2022-GRC-SCR-CR de fecha 13 de enero de 2022, traslada a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia de Asesoría Jurídica, el O fi cio Nº 006-2022-CRC / CD / RFG de fecha 13 de enero de 2022, cursado por el Consejero Delegado, por medio del cual solicita Opinión Presupuestal y Legal para la asignación de la remuneración del Gobernador y Vicegobernador Regional y Dietas de los Señores Consejeros Regionales, para el Ejercicio Presupuestal 2022, a fi n de que el Consejo Regional conforme a lo dispuesto en el inciso f del Artículo 15 de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, asigne la remuneración del Gobernador y Vicegobernador Regional y las dietas de los Consejeros Regionales, para el Ejercicio Presupuestal 2022; Que, mediante Informe Nº 62-2022-GRC / GRPPAT- OPT de fecha 17 de enero de 2022, el Jefatura de la O fi cina de Presupuesto y Tributación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite Opinión Presupuesta respecto a lo solicitado, señalando en el Numeral 1.5 “(…) esta o fi cina en lo concerniente a la parte presupuestal informa que en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2022 se encuentra considerado el pago de la compensación para el Gobernador Regional y Vicepresidencia, asimismo la Dieta para los Consejeros Regionales de acuerdo a lo dispuesto el Decreto de Urgencia Nº 019-2006” Que, con Memorándum Nº 154-2022-GRC / GRPPAT de fecha 19 de enero de 2022, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se dirige a la Gerencia e Asesoría Jurídica, en atención al Memorando Múltiple Nº 002-2022-GRC-SCR-CR mediante el cual, la Secretaría del Consejo Regional solicita Opinión Presupuestal y Legal sobre asignación de remuneración al Gobernador Regional y Vicegobernador Regional y asignación de dietas a los Consejeros Regionales, asimismo, con Memorando Nº 039-2022-GRC / GAJ, su Despacho solicita opinión presupuestal previo a emitir la opinión legal, por lo que se cumple con remitir el Informe Nº 62-2022-GRC / GRPPAT-OPT, mediante el cual se emite Opinión Presupuestal; Que, mediante Memorándum Nº 168-2022- GRC / GRPPAT de fecha 20 de enero de 2022, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se dirige a la Gerencia e Asesoría Jurídica, a fi n de ampliar la Opinión Presupuestal sobre asignación de remuneración al Gobernador Regional y Vicegobernador Regional y asignación de dietas a los Consejeros Regionales, vertida en el Memorándum Nº 154-2022-GRC / GRPPAT de fecha 19 de enero de 2022, en el que se indica: “(…) que el monto anual para el pago de remuneraciones para el Gobernador y Vicegobernador es de S/. 323,220.00 soles, como el monto anual para los Señores Consejeros Regionales es de S/. 463,320.00 soles, los mismos que se encuentran considerados en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2022”; Que, por Memorando Nº 056-2022-GRC / GAJ de fecha 21 de enero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Callao, emite opinión legal señalando que, por lo antes expuesto, en atención a lo solicitado, a la opinión vertida por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, como órgano que ejerce la función del control del presupuesto institucional, así como a la normatividad vigente, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que la remuneración del Gobernador Regional, Vicegobernador y las dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional del Callao, se encuentra previsto en el Presupuesto Institucional de Apertura 2022; Que, en tal sentido, el monto de la remuneración del Gobernador y Vicegobernador, así como las dietas de los/as Consejeros/as Regionales, para el Ejercicio Presupuestal 2022, no han sufrido incremento alguno en relación a aquellas aprobadas, para el Ejercicio Presupuestal 2021; Que, estando a las consideraciones desarrolladas en el Expediente de la materia y en ejercicio de las atribuciones que le con fi eren la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modi fi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional, la Comisión de Administración Regional, por UNANIMIDAD: Que, por estas consideraciones expuestas, al amparo de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las facultades establecidas en el Artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y en virtud a los considerandos establecidos, estima pertinente aprobar por unanimidad: SE ACUERDA:1. Aprobar el Dictamen Nº 002-2022-GRC / CR- CAR de fecha 28 de enero de 2022, de la Comisión de Administración Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; en consecuencia: 1.1. Rati fi car para el Ejercicio Presupuestal 2022 la Remuneración Mensual del Gobernador Regional y Vicegobernador del Gobierno Regional del Callao, aprobada con Acuerdo de Consejo Regional Nº 004 de fecha 28 de enero de 2019 y sus rati fi caciones con Acuerdo de Consejo Regional Nº 006 de fecha 20 de febrero de 2020 y Acuerdo de Consejo Regional Nº 003 de fecha 02 de febrero de 2021, según el siguiente detalle: Gobernador Regional S/ 14,300.00 (Catorce Mil Trescientos y 00/100 Soles) Vicegobernador Regional S/ 12,635.00 (Doce Mil Seiscientos Treinta y Cinco Y 00/100 Soles) 1.2. Rati fi car para el presente Ejercicio Presupuestal 2022 la Dieta Mensual de los señores/as Consejeros/as Regionales en el treinta por ciento (30%) de la Remuneración Mensual del Gobernador Regional del Gobierno Regional del Callao, aprobada con Acuerdo de Consejo Regional Nº 004 de fecha 28 de enero de 2019 y sus rati fi caciones con Acuerdo de Consejo Regional Nº 006 de fecha 20 de febrero de 2020 y Acuerdo de Consejo Regional Nº 003 de fecha 02 de febrero de 2021, según el siguiente detalle: