TEXTO PAGINA: 22
22 NORMAS LEGALES Martes 17 de mayo de 2022 El Peruano / ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Modifican la conformación de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 00015-2022-OEFA/CD Lima, 16 de mayo de 2022 VISTOS: El Informe Nº 00011-2022-OEFA/TFA- ST, emitido por la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental; el Informe Nº 00123-2022-OEFA/OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 00138-2022-OEFA/OAJ y el Memorando Nº 00050-2022-OEFA/OAJ, emitidos de manera conjunta por la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización ambiental; Que, el Numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, la Ley del SINEFA ), dispone que el OEFA cuenta con un Tribunal de Fiscalización Ambiental (en adelante, el TFA ) que ejerce funciones como última instancia administrativa; Que, asimismo, el Numeral 10.2 del Artículo 10º de la Ley del SINEFA, establece que el TFA cuenta con Salas Especializadas, cuya conformación y funcionamiento se regulan mediante Resolución del Consejo Directivo; y, que los/as vocales del TFA son elegidos/as, previo concurso público, por Resolución del Consejo Directivo, por un periodo de cuatro (4) años; Que, mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 020-2019-OEFA/CD, modi fi cada por la Resolución del Consejo Directivo Nº 006-2020-OEFA/CD, se aprueba el Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (en adelante, el RIFTA ) cuyo objeto es regular la organización y las funciones del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA; Que, el Numeral 11.1 del Artículo 11º del RIFTA, precisa que las Salas Especializadas del Tribunal de Fiscalización Ambiental están conformadas por tres (3) vocales, como mínimo; y, son presididas por un/una vocal designado/a para tal efecto; Que, a su vez, el Numeral 11.5 del Artículo 11º del RIFTA, establece que la nueva conformación de las Salas se formalizará mediante una Resolución del Consejo Directivo; Que, a través del Artículo 2º de la Resolución del Consejo Directivo Nº 021-2019-OEFA/CD, modi fi cada por las Resoluciones del Consejo Directivo números 027-2019-OEFA/CD y 00009-2022-OEFA/CD, se conforma la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, integrada por los/as siguientes vocales: (i) Señor César Abraham Neyra Cruzado; (ii) Señor Hebert Eduardo Tassano Velaochaga ; (iii) Señora Mary Rojas Cuesta ; y, (iv) Ricardo Hernán Iberico Barrera; Que, mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 00013-2022-OEFA/CD, se acepta la renuncia del señor Hebert Eduardo Tassano Velaochaga, como Vocal de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, posteriormente, mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 00014-2022-OEFA/CD, se designa al señor Rafael Mauricio Ramírez Arroyo, como Vocal de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, en ese sentido, a través de los documentos de vistos, se sustenta la necesidad de modi fi car el Artículo 2º de la Resolución del Consejo Directivo Nº 021-2019-OEFA/CD, modi fi cada por las Resoluciones del Consejo Directivo números 027-2019-OEFA/CD y 00009-2022-OEFA/CD, con la fi nalidad de modi fi car la conformación de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, formalizando así su composición y permitiendo su adecuado funcionamiento; Que, mediante el Acuerdo del Consejo Directivo Nº 016-2022, adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 014-2022 del 13 de mayo de 2022, el Consejo Directivo aprobó modi fi car el Artículo 2º de la Resolución del Consejo Directivo Nº 021-2019-OEFA/CD, modi fi cada por las Resoluciones del Consejo Directivo números 027-2019-OEFA/CD y 00009-2022-OEFA/CD, que conforma la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fi n de asegurar su tramitación y vigencia inmediata; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Resolución del Consejo Directivo Nº 020-2019-OEFA/CD, modi fi cada por la Resolución del Consejo Directivo Nº 006-2020-OEFA/CD, que aprueba el Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; y, en el ejercicio de las facultades otorgadas mediante el Artículo 8º y los Literales f), n) y o) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi fi car el Artículo 2º de la Resolución del Consejo Directivo Nº 021-2019-OEFA/CD, modi fi cada por las Resoluciones del Consejo Directivo números 027-2019-OEFA/CD y 00009-2022-OEFA/CD, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º- La Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA estará conformada por los/as siguientes Vocales: - Señor César Abraham Neyra Cruzado - Señora Mary Rojas Cuesta- Señor Rafael Mauricio Ramírez Arroyo- Señor Ricardo Hernán Iberico Barrera” Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución a los/as vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe) en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión.