Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2022 (29/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 142

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Domingo 29 de mayo de 2022 El Peruano / MUNICIPALLISTA 1VOTOS EN BLANCOVOTOS NULOSVOTOS IMPUGNADOSTOTAL DE VOTOS ALTO AMAZONAS0 0 66 0 66 4. CONSIDERAR, en el Acta Electoral Nº 101417-39-F, en las provincias y distritos indicados, las siguientes cifras: MUNICIPAL VOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS ALTO AMAZONAS - BALSAPUERTO 66 66 ALTO AMAZONAS - JEBEROS 66 66 ALTO AMAZONAS - LAGUNAS 66 66 ALTO AMAZONAS - SANTA CRUZ 66 66 ALTO AMAZONAS - TENIENTE CÉSAR LÓPEZ ROJAS66 66 DATEM DEL MARAÑÓN 66 66 DATEM DEL MARAÑÓN - ANDOAS 66 66 DATEM DEL MARAÑÓN - CAHUA- PANAS66 66 DATEM DEL MARAÑÓN - MAN- SERICHE66 66 DATEM DEL MARAÑÓN - MORONA 66 66 DATEM DEL MARAÑÓN - PASTAZA 66 66 MARISCAL RAMÓN CASTILLA 66 66 MARISCAL RAMÓN CASTILLA - PEBAS66 66 MARISCAL RAMÓN CASTILLA - SAN PABLO66 66 MARISCAL RAMÓN CASTILLA - YAVARI66 66 MAYNAS 66 66 MAYNAS - PUNCHANA 66 66 MAYNAS - SAN JUAN BAUTISTA 66 66 PUTUMAYO 66 66 PUTUMAYO - ROSA PANDURO 66 66 PUTUMAYO - YAGUAS 66 66 5. PRECISAR que las demás cifras del Acta Electoral Nº 101417-39-F se mantienen invariables. 6. REMITIR la presente resolución a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y DEVOLVER el ejemplar del Acta Electoral Nº 101417-39-F. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVA Gómez Valverde Secretario General (e) 1 Ley que modi fi ca la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022 en el marco de la lucha contra la COVID-19. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0927-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 30 de noviembre de 2021. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0981-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 6 de enero de 2022. 2071954-1 RESOLUCIÓN Nº 0629-2022-JNE Expediente Nº EIERM.2022000240 HUACRACHUCO - MARAÑÓN - HUANUCO ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022ELECCIONES INTERNAS - ACTA OBSERVADA Lima, veinte de mayo de dos mil veintidós VISTA: el Acta Electoral Nº 101139-39-A, observada y remitida por la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), correspondiente a las elecciones internas de la organización política Acción Popular, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 - ERM 2022; y CONSIDERANDO QUE: PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 4 del artículo 178 y el artículo 181 de la Constitución Política del Perú asignan al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entre otras, la función de administrar justicia en materia electoral en última y de fi nitiva instancia. 1.2. El numeral 8 del artículo 139 prevé: Artículo 139°.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional: […]8. El principio de no dejar de administrar justicia por vacío o de fi ciencia de la ley. En tal caso, deben aplicarse los principios generales del derecho y el derecho consuetudinario. 1.3. El artículo 185 establece, sobre el escrutinio público, que “[el] escrutinio de los votos en toda clase de elecciones […] se realiza en acto público e ininterrumpido sobre la mesa de sufragio. Sólo [sic] es revisable en los casos de error material o de impugnación, los cuales se resuelven conforme a ley” [resaltado agregado]. En la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE) 1.4. El artículo 284 dispone:El escrutinio realizado en las Mesas de Sufragio es irrevisable. Los Jurados Electorales Especiales se pronunciarán sólo [sic] sobre las apelaciones que se hubiesen interpuesto contra las resoluciones de la Mesa respecto de las impugnaciones a que se re fi eren los Artículos 268º y 282º de la presente ley y sobre los errores materiales en que se pudiese haber incurrido en las operaciones aritméticas del escrutinio [resaltado agregado]. 1.5. La Ley Nº 313571 otorgó a este Supremo Tribunal Electoral treinta (30) días calendario para emitir la reglamentación necesaria a fi n garantizar el desarrollo del proceso de ERM 2022, tomando en cuenta la evolución y los efectos de la emergencia nacional sanitaria. En el Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Internas para las Elecciones Regionales y Municipales 20222 1.6. El artículo 44 indica que “los errores materiales u otro tipo de observación en las actas electorales al momento del cómputo, que requieran de fi nición para la contabilización de los votos, los resuelve el JNE