TEXTO PAGINA: 4
4 NORMAS LEGALES Lunes 28 de noviembre de 2022 El Peruano / internacionales de comercio, turismo, cooperación económica y esquemas de integración y actuar como órgano de enlace entre el Gobierno peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpací fi co (CPTPP, por sus siglas en inglés), entró en vigor el 30 de diciembre de 2018, para México, Japón, Singapur, Nueva Zelanda, Canadá y Australia. Posteriormente, el CPTPP entró en vigor para Vietnam el 14 de enero de 2019, para el Perú, el 19 de setiembre de 2021, y para Malasia entrará en vigor el 29 de noviembre de 2022; Que, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 5 al 9 de diciembre de 2022, se llevará a cabo la Reunión del Grupo de Trabajo de Adhesión del Reino Unido al CPTPP, que comprende reuniones de Jefes de Negociación Alternos y reuniones bilaterales, así como reuniones técnicas (de Acceso a Mercados, Contratación Pública y Asuntos Legales e Institucionales); Que, las reuniones de Jefes de Negociación tendrán lugar entre los miembros del CPTPP y del Reino Unido, con la fi nalidad de hacer el seguimiento al trabajo de los distintos grupos técnicos, brindar instrucciones que permitan llegar a consensos en los temas pendientes y realizar una evaluación integral de la capacidad del Reino Unido de cumplir con los compromisos del CPTPP. En dicho marco, el Perú sostendrá reuniones bilaterales con el Reino Unido, y otros Miembros del CPTPP, a fi n de defender la posición negociadora del Perú en este proceso; Que, en las reuniones técnicas de Acceso a Mercados, Contratación Pública se discutirán las ofertas presentadas por el Reino Unido en dichas materias, a fi n de asegurar que el nivel de ambición del CPTPP se mantenga, así como las posibles implicancias y efectos de su adhesión en relación con los compromisos y ofertas vigentes entre las Partes y en caso de la adhesión de un nuevo miembro; asimismo en la reunión del grupo de Asuntos Legales e Institucionales se discutirán temas legales necesarios para concretar la adhesión del Reino Unido, tales como, el instrumento legal de adhesión, así como las de fi niciones especí fi cas aplicables al Reino Unido, las cuales son clave para de fi nir el ámbito de aplicación de los compromisos para el Reino Unido; Que, por ser de interés institucional, el Viceministerio de Comercio Exterior solicita que se autorice el viaje del siguiente personal de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales: señor Gerardo Antonio Meza Grillo, Director (e) de la Dirección de Asia, Oceanía y África y Jefe Negociador del Perú para el CPTPP, señora Angela Rossina Guerra Sifuentes, Directora (e) de la Dirección de América Latina, Caribe e Integración Regional y coordinadora temática de acceso al mercado de mercancías, señor John Ramiro Cusipuma Frisancho, Director de la Dirección de Norteamérica y Europa, señoritas Celia Pamela Beatriz Huamán Linares y Claudia del Carmen Gutiérrez Pazos, profesionales de la Dirección de Asia, Oceanía y África, coordinadora del CPTPP y del proceso de adhesión del Reino Unido, y negociadora de contratación pública, respectivamente, para que, en representación del MINCETUR, participen en las reuniones antes mencionadas; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 3 al 10 de diciembre de 2022, del señor Gerardo Antonio Meza Grillo, Director (e) de la Dirección de Asia, Oceanía y África de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, y de las señoritas Celia Pamela Beatriz Huamán Linares y Claudia del Carmen Gutiérrez Pazos, profesionales de la Dirección de Asia, Oceanía y África de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, del 3 al 8 de diciembre de 2022, de la señora Angela Rossina Guerra Sifuentes, Directora (e) de la Dirección de América Latina, Caribe e Integración Regional de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, y del 3 al 9 de diciembre de 2022, del señor John Ramiro Cusipuma Frisancho, Director de la Dirección de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en las reuniones a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos por día US$Total Viáticos US$ Gerardo Antonio Meza Grillo3 300,00 Europa540,00 x 6 días = 3 240,00 Celia Pamela Beatriz Huamán Linares3 300,00 540,00 x 6 días = 3 240,00 Claudia del Carmen Gutiérrez Pazos3 300,00 540,00 x 6 días = 3 240,00 Angela Rossina Guerra Sifuentes2 790,00 540,00 x 4 días = 2 160,00 John Ramiro Cu- sipuma Frisancho2 650,00 540,00 x 5 días = 2 700,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo primero de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2129423-1 Autorizan viaje de Directora General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior a Portugal, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 318-2022-MINCETUR Lima, 26 de noviembre de 2022VISTO, el Memorándum N° 837-2022-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; y,