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18 NORMAS LEGALES Lunes 28 de noviembre de 2022 El Peruano / millones de soles son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358 establecen que para el cumplimiento de la ley se autoriza a los pliegos involucrados a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la referida ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; indicando que las citadas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, el inciso ii del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01, modi fi cada por Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01, señala, entre otros aspectos, que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes debe efectuar su registro, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital y, excepcionalmente, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital y a la aplicación del artículo 4 de la Ley N° 31358, se registra en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL” ; Que, a través del O fi cio N° 000707-2022-CG/SGE la Contraloría General de la República comunica al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP que para la aplicación de la Ley N° 31358, en el marco de los alcances del Plan de Acción de Control - 2023, se han priorizado inversiones que se encuentran a cargo del MIMP, las cuales están detalladas en el Anexo adjunto al citado O fi cio, por lo que solicita con carácter muy urgente de fi nir y efectuar la trasferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General hasta por el monto total de S/ 391 834,09 (TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 09/100 SOLES), así como disponer las acciones pertinentes para garantizar la mencionada transferencia fi nanciera; Que, con O fi cio N° 000743-2022-INABIF/DE la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF remite al MIMP el Informe N° 000448-2022-INABIF/UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, el cual señala que de la información extraída del Sistema SIAF de fecha de 15 de noviembre de 2022 se veri fi ca que de la proyección del gasto al cierre del ejercicio presupuestal 2022 se han identi fi cado saldos de libre disponibilidad sin certi fi car en la Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos (APNOP), del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios de protección Integral a adolescentes mujeres de 13 a 17 años en el Centro de Atención Residencial Ermelinda Carrera, distrito de San Miguel, provincia de Lima, departamento de Lima” con CUI N° 2197584, Acción de Inversión 6000053: Control Concurrente, Genérica de Gasto 2.6: Adquisición de Activos no Financieros, por el importe de S/ 169 311,00 (CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES), por lo que emite opinión favorable para la transferencia fi nanciera de recursos a favor del Pliego 019: Contraloría General. Asimismo, remite el Informe N° 000661-2022-INABIF/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica el cual señala que es legalmente viable la citada transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe N° D000107-2022-MIMP-OIN la Ofi cina de Inversiones, en el marco de sus competencias como O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, encuentra procedente y emite opinión favorable a la solicitud de atención remitida con O fi cio N° 000707-2022-CG/SGE por la Contraloría General de la República, por lo que recomienda se continúe con la gestión que permita la transferencia de recursos para el desarrollo del Control Concurrente del Proyecto de Inversión con CUI N° 2197584; Que, con Memorándum N° D000896-2022-MIMP- OGPP la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000428-2022-MIMP-PRE de la Ofi cina de Presupuesto, el cual señala que, en el marco del artículo 4 de la Ley N° 31358, la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF ha realizado dos (2) modi fi caciones presupuestarias a nivel funcional programático a fi n de cumplir con lo establecido en el inciso ii del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, modi fi cada por la Resolución Directoral N° 007-2022-EF/50.01, por lo que de la revisión efectuada al Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM) de la citada Unidad Ejecutora se advierte que la misma cuenta con el marco presupuestal disponible en el presente año fi scal por el importe de S/ 169 311,00 (CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, razón por la cual emite opinión favorable y considera viable la propuesta de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General con cargo al presupuesto del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta por la suma de S/ 169 311,00 (CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES) para fi nanciar el despliegue de acciones de control del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios de protección Integral a adolescentes mujeres de 13 a 17 años en el Centro de Atención Residencial Ermelinda Carrera, distrito de San Miguel, provincia de Lima, departamento de Lima” con CUI N° 2197584, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358; Que, mediante Informe N° D000265-2022-MIMP- OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica estima legalmente procedente la emisión de la presente resolución, en el marco de la normativa antes detallada y conforme a lo sustentado por las unidades orgánicas y órganos competentes; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; y en la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2022 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, hasta por la suma de S/ 169 311,00 (CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 019: Contraloría General