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5 NORMAS LEGALES Martes 29 de noviembre de 2022 El Peruano / correspondiente al otorgamiento de subvenciones a favor de los ganadores del Concurso Público 2022 del Programa “Turismo Emprende”; Que, el numeral 15.3 del artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1329 dispone que mediante resolución del Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo se declara a los ganadores bene fi ciarios del Concurso Público y se autoriza la subvención, detallando el monto que se otorgará a cada uno de ellos en función a la modalidad del emprendimiento, previa suscripción del Convenio de Financiamiento y/o Co fi nanciamiento y de acuerdo a los requisitos dispuestos en dicho Reglamento y las bases; por lo que es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, que deberá publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del MINCETUR; Con la opinión favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo Nº 1329, que crea el Programa “Turismo Emprende” y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 002-2019-MINCETUR que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1329 y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 016-2021-MINCETUR, que modi fi ca el período de vigencia del Programa “Turismo Emprende”; y el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar al primer grupo de cuarenta y nueve (49) Ganadores Bene fi ciarios del Concurso Público del Programa “Turismo Emprende” – Año 2022; y, autorizar el otorgamiento de las subvenciones correspondientes, conforme se señala en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, cuyos desembolsos se efectuarán de acuerdo a lo establecido en los Convenios de Co fi nanciamiento suscritos. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2129936-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban tercera modificación de autorización para desarrollar la generación de energía eléctrica en instalaciones de la “Central Térmica Planta Malvinas” de la que es titular Pluspetrol Perú Corporation S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 409-2022-MINEM/DM Lima, 21 de noviembre de 2022VISTOS: El Expediente Nº 33137405 sobre la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica Planta Malvinas”, cuyo titular es PLUSPETROL PERÚ CORPORATION S.A.; la solicitud de modi fi cación de la mencionada autorización, presentada por dicha empresa; el Informe Nº 786-2022-MINEM/DGE-DCE y el Memorando Nº 02180-2022/MINEM-DGE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 01143-2022-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 224-2005- EM/DM se otorga la autorización por tiempo inde fi nido para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica Planta Malvinas” con una potencia instalada de 12 000 kW, ubicada en el distrito de Echarate, provincia de La Convención y departamento de Cusco, a favor de la empresa PLUSPETROL PERÚ CORPORATION S.A.; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 167- 2006-MEM/DM se aprueba la primera modi fi cación de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica Planta Malvinas”, a fi n de incrementar su potencia instalada de 12 000 kW a 20 000 kW; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 413- 2011-MEM/DM se aprueba la segunda modi fi cación de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica Planta Malvinas”, a fi n de incrementar su potencia instalada de 20 000 kW a 28 000 kW; Que, mediante el documento con registro Nº 3364552 de fecha 16 de septiembre de 2022, PLUSPETROL PERÚ CORPORATION S.A. solicita la modi fi cación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica Planta Malvinas”, que consiste en el incremento de la potencia instalada de 28 000 kW a 32 000 kW, por la instalación del turbogenerador Nº 8 de 4 000 kW; Que, conforme al Informe de Vistos, la Dirección General de Electricidad, en el marco de sus competencias, concluye que la solicitud de modi fi cación está de acuerdo a la normatividad vigente y cumple con los requisitos establecidos en la normativa correspondiente, recomendando aprobar la solicitud de modi fi cación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Planta Malvinas, que consiste en el incremento de su potencia instalada de 28 000 kW a 32 000 kW, a consecuencia del turbogenerador Nº 8 de 4 000 kW; Que, conforme al Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, observa que la Dirección General de Electricidad ha validado el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos por la normativa correspondiente respecto de la solicitud presentada por PLUSPETROL PERÚ CORPORATION S.A., por lo que considera legalmente viable la emisión de la resolución ministerial que aprueba la modi fi cación de la autorización a su favor; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 038-2014-EM que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la solicitud de la tercera modi fi cación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la “Central Térmica Planta Malvinas” de la que es titular PLUSPETROL PERÚ CORPORATION S.A., a fi n de incrementar su potencia instalada de 28 000 kW a 32 000 kW, debido a la instalación del turbogenerador Nº 8 de 4 000 kW. Artículo 2.- PLUSPETROL PERÚ CORPORATION S.A. está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como cumpliendo las obligaciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su