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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (02/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 121

121 NORMAS LEGALES Domingo 2 de octubre de 2022 El Peruano / Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza 154-AREQUIPA, establece en su artículo 16 las atribuciones del Consejo Regional, comprendiendo ente ellas la siguiente: 16.24 Aprobar transferencias fi nancieras, mediante Acuerdo Regional, previo informe favorable de la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial. Que, en la misma línea, el numeral 16.2 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 establece las formalidades para las transferencias fi nancieras en los siguientes términos: 16.2 Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario ofi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web. 16.3 La entidad pública que trans fi ere, con excepción del acápite v del literal m) del numeral 16.1 del presente artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia conforme al presente artículo. Que, por otro lado, el Gobierno Regional de Arequipa ha emitido la Directiva N° 005-2019-GRA/OPDI denominada “Transferencias Financieras otorgadas por el Gobierno Regional de Arequipa a entidades públicas y a los Gobiernos Locales”, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional N° 395-2019-GRA-GR, la misma que establece los requisitos y procedimiento interno para las transferencias fi nancieras tanto para la elaboración de expedientes técnicos como para la ejecución de obras y mantenimiento. Que, esta Directiva establece los requisitos que debe cumplir una transferencia fi nanciera en su numeral 7.1.3 en la forma siguiente: Para elaboración de Expediente Técnico:Para ejecución de obra/ mantenimiento: a) Formato de Registro del Banco de Inversiones. b) Plan de Trabajo de Elaboración del expediente técnico (Analítico de costos, cronograma de elaboración del expediente técnico, entre otros según sea el caso). c) Saneamiento de terreno entre otros documentos legales y complementarios. d) Autorizaciones del Sector, de ser el caso. a) Memoria Descriptiva b) Especi fi caciones Técnicas c) Planos de ejecución de obrad) Planilla de Metradose) Presupuesto de obraf) Presupuesto analítico de obrag) Análisis de precios unitariosh) Calendario de avance de obra valorizado. i) Cronograma de Ejecución de Obra j) Fórmulas Polinómicas, según corresponda. k) Estudios básicos (según corresponda) l) Memoria de cálculos (según corresponda). m) Análisis de riesgos (según corresponda) n) Saneamiento de Terreno entre otros documentos legales y complementarios. o) Autorizaciones del Sector, de ser el casoQue, el Ejecutivo Regional ha remitido al Consejo Regional para aprobación de transferencias fi nancieras un total de diez expedientes, los que han sido remitidos a la Comisión de Planeamiento y Presupuesto para su revisión a la luz del marco normativo descrito. Que de la revisión de los expedientes por parte de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto cada uno de ellos cumple con los requisitos establecidos en la Directiva N° 005-2019-GRA/OPDI. Que, estos informes han sido emitidos en concordancia con la Tercera Disposición Complementaria Final de la Directiva, que señala que “Las acciones no contempladas en la presente Directiva serán absueltas por la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones o quien haga sus veces”, concordante con la Cuarta Disposición Complementaria Final que agrega que “El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Directiva, constituye falta de carácter disciplinario y se sancionará de acuerdo a las normas correspondientes, según la relación laboral contractual del trabajador, sin perjuicio de las acciones de responsabilidad que correspondan.”, siendo responsabilidad de los funcionarios informantes veri fi car, antes de efectuarse el desembolso de la transferencia fi nanciera, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Directiva N° 005-2019-GRA/OPDI aprobada por Resolución Ejecutiva Regional N° 395-2019-GRA-GR, para el proyecto comprendido en el presente Acuerdo Regional. Por estas consideraciones y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, así como la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA y sus modi fi catorias, ACUERDA:Primero.- APROBAR las transferencias fi nancieras para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública y a favor de las municipalidades que se señala a continuación, con los montos que se determinan para cada proyecto y que serán ejecutados en el presente ejercicio 2022, cuyo monto total es de S/. 18,884,987.18: N° Proyecto CUI Monto S/ 01MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN EL CENTRO POBLADO TIERRAS BLANCAS DEL DISTRITO DE QUICHE PROVINCIA DE CARAVELI - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA2507401S/ 4,906, 508.87 02MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA CAPTACIÓN, LINEA DE CONDUCCIÓN Y RESERVORIO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE CAHUACHO, DEL DISTRITO DE CAHUACHO - PROVINCIA DE CARAVELI - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA2498107 S/ 489,903.42 03MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LAS LOCALIDADES DE CHECOTAÑA, CHUA, HUARACOPALCA, HUAYTAPALLCA, LAYO Y ANARO EN EL CENTRO POBLADO DE TOLCONI DEL DISTRITO DE CHACHAS - PROVINCIA DE CASTILLA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPA2533254 S/ 1, 441,191.84