Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (02/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 111

111 NORMAS LEGALES Domingo 2 de octubre de 2022 El Peruano / 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del mencionado concejo distrital, y de acuerdo con lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.) y en la Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.6.), corresponde que este órgano electoral convoque a don Rubén Fredy Taboada Mitma, identi fi cado con documento nacional de identidad (DNI) Nº 21561229 y primer regidor hábil de su propia lista electoral, para que asuma temporalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Puyusca. 2.5. Adicionalmente, corresponde convocar a Edith Luz Llamoca Mitma, identi fi cado con DNI Nº 73939916 y regidora inscrita no proclamada de la organización política Musuq Ñan, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Puyusca. 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Puyusca, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho, del 22 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Parinacochas, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Yony Odon Reyes Anampa, alcalde de la Municipalidad Distrital de Puyusca, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Rubén Fredy Taboada Mitma, identi fi cado con DNI Nº 21561229, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Puyusca, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Edith Luz Llamoca Mitma, identi fi cada con DNI Nº 73939916, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Puyusca, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENAS MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2111522-1Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Mi Perú, de la Provincia del Constitucional del Callao RESOLUCIÓN Nº 3729-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022090045 MI PERÚ - CALLAO LICENCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, siete de setiembre de dos mil veintidósVISTO: el O fi cio Nº 053-2022-MDMP-SG, presentado, el 31 de agosto de 2022, por doña Diana Carmen Céspedes Céspedes, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, de la Provincia Constitucional del Callao (en adelante, señora secretaria), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Darwin Juan Jesús Espejo Bernal, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. A través del o fi cio citado en el visto, la señora secretaria informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su respectivo reemplazo. 1.2. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 021-2022/MDMP, del 26 de agosto de 2022, mediante el cual se aprobó la licencia sin goce de haber a favor del señor regidor. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de las elecciones. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.3. El artículo 24 determina que, en caso de ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM1.4. Mediante dicho decreto supremo, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 4 de enero de 2022, el Presidente de la República convocó a ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y de