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3 NORMAS LEGALES Lunes 3 de octubre de 2022 El Peruano / Aéreas Combinadas (SOAC) para Ayuda Humanitaria, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 11 al 21 de octubre de 2022; Que, con O fi cio FAP Nº 000908-2022-COMOP-COA7/ FAP, el Comando de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la presente autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de la Sección Entrenamiento del EM-A7 de la Fuerza Aérea del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante FAP Martín Omar CORTEZ LLERENA y de la Técnico de Tercera FAP Gaby MUÑOZ LARA, para que participen en el Seminario de Operaciones Aéreas Combinadas (SOAC) para Ayuda Humanitaria, por cuanto, les permitirá actualizar sus conocimientos referidos al empleo de los sistemas logísticos al participar en el SOAC; así como, poder intercambiar experiencias, adquirir nuevos conocimientos y encontrarse preparado para afrontar la incidencia de desastres naturales, emergencias sanitarias u otras situaciones de emergencia que sobrepasan las capacidades nacionales desde el aspecto logístico en un caso real; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 0079 DGVC-ME/SIAF-SP suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos en comisión de servicio en el exterior se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2022, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000004 y Nº 0000000899, emitidas por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Extra FAP Nº 001341-2022-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite a este Ministerio el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante FAP Martín Omar CORTEZ LLERENA y de la Técnico de Tercera FAP Gaby MUÑOZ LARA, para que participen en el Seminario de Operaciones Aéreas Combinadas (SOAC) para Ayuda Humanitaria, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 11 al 21 de octubre de 2022; así como, autorizar su salida del país el 10 de octubre y su retorno el 22 de octubre de 2022; Que, a través del O fi cio N° 02233-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 468-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01564-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante FAP Martín Omar CORTEZ LLERENA y de la Técnico de Tercera FAP Gaby MUÑOZ LARA, para que participen en el Seminario de Operaciones Aéreas Combinadas (SOAC) para Ayuda Humanitaria, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el Seminario de Operaciones Aéreas Combinadas (SOAC) para Ayuda Humanitaria, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 11 al 21 de octubre de 2022; así como, autorizar su salida del país el 10 de octubre y su retorno el 22 de octubre de 2022: TITULARES: Comandante FAP Martín Omar CORTEZ LLERENANSA Nº O-9665497 DNI Nº 10637179Técnico de Tercera FAP Gaby MUÑOZ LARANSA Nº S-60983707 DNI Nº 44745480 SUPLENTES: Comandante FAP Karen Janet LUQUE CHUQUIMBALQUINSA Nº O-O9692099 DNI Nº 40705736Técnico de Primera FAP Freizer MENDÍVIL LIBERATONSA Nº S-60834696 DNI Nº 10074189 Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - ciudad de Buenos Aires (República Argentina) - LimaClase económicaUS$ 1,340.81 x 2 personas US$ 2,681.62 Viáticos: US$ 370.00 x 11 días x 2 personas US$ 8,140.00 Total a pagar: US$ 10,821.62 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de personal autorizado. Artículo 5.- El personal más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular del Ministerio de Defensa, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL HUGO BARRAGÁN COLOMA Ministro de Defensa 2111511-1