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12 NORMAS LEGALES Lunes 3 de octubre de 2022 El Peruano / Visto, el expediente con NT. 005255, de fecha 31.01.2022, seguido por doña FREDESBINDA FELICITAS CERNA MORALES, egresada del ex Programa Académico de Tecnología Médica, hoy la Facultad de Tecnología Médica, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Título de Tecnólogo en Laboratorio Clínico, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO:Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU- UNFV, de fecha 25.09.2013, recti fi cada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento de fecha 31.01.2022, doña FREDESBINDA FELICITAS CERNA MORALES solicita duplicado de diploma de Título de Tecnólogo en Laboratorio Clínico, el cual fue expedido por esta Universidad el 31.05.1979, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fi n de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta (01) fotografía tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, copia simple del Diploma de Título de Tecnólogo en Laboratorio Clínico, Copia de Constancia Nº 0090-2019, así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante O fi cio Nº 0157-2022-OGT- SG-UNFV de fecha 29.03.2022, señala que se expidió con fecha 31.05.1979 el Diploma de Título de Tecnólogo en Laboratorio Clínico a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 06, Folio Nº 23 y Registro Nº 6164, el mismo que obra en la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señala que lo solicitado por FREDESBINDA FELICITAS CERNA MORALES cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Título de Tecnólogo en Laboratorio Clínico, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la O fi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 606-2022-OCAJ-UNFV, de fecha 25.07.2022 y estando a lo dispuesto por la señorita Rectora según Proveído Nº 2772-2022-R-UNFV, de fecha 08.08.2022; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 022 de fecha 26.08.2022, acordó autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Tecnólogo en Laboratorio Clínico, otorgado por el ex Programa Académico de Tecnología Médica, hoy la Facultad de Tecnología Médica de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña FREDESBINDA FELICITAS CERNA MORALES; De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 9709-2021-UNFV de fecha 31.12.2021 y la Resolución R. Nº 479-2022-CU-UNFV de fecha 27.06.2022; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Tecnólogo en Laboratorio Clínico, otorgado por el ex Programa Académico de Tecnología Médica, hoy la Facultad de Tecnología Médica de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña FREDESBINDA FELICITAS CERNA MORALES (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 06, Folio Nº 23 y Registro Nº 6164 y fecha de expedición 31.05.1979, el cual obra en la referida O fi cina. Artículo Segundo.- La O fi cina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, noti fi cará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- El Vicerrectorado Académico, la Facultad de Tecnología Médica, así como la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO Rectora ENRIQUE IVÁN VEGA MUCHA Secretario General 2110785-2 Aprueban expedición de duplicado del Título Profesional de Ingeniero Civil de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1891-2022-UNI Lima, 16 de setiembre de 2022Visto el O fi cio Nº 816-CA-VA-2022 de fecha 13 de setiembre de 2022 del Vicerrectorado Académico de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, don LUIS ALBERTO LEIVA ANGULO, identi fi cado con DNI Nº 17871280, Ingeniero Civil de esta Casa de Estudios, mediante el documento del Visto solicitó la expedición del duplicado de Titulo Profesional de Ingeniero Civil por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero de 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 248-2022.UNI/SG/UGyT de fecha 25 de agosto del 2022, precisó que el Título Profesional de don LUIS ALBERTO LEIVA ANGULO se