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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (25/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 54

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Domingo 25 de setiembre de 2022 El Peruano / la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICHARD WASHINGTON TINEO QUISPE Ministro de Defensa 2109195-1 Autorizan viaje de personal militar FAP a EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0992-2022-DE Lima, 23 de setiembre de 2022VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 001275-2022-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; y, el Informe Legal N° 01533-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con cuatro (4) aeronaves de alta performance Hércules, dos (2) L-100-20 y dos (2) KC-130H asignadas al Grupo Aéreo Nº 8, dentro de su fl ota de aeronaves de transporte, la cual realiza vuelos en operación militar, vuelos en apoyo al desarrollo socio económico y vuelos en apoyo al sistema de Defensa Civil, así como vuelos a requerimiento solicitados por las autoridades del Gobierno. Asimismo, la FAP es responsable de mantener Tripulaciones Aéreas preparadas y entrenadas para cumplir en forma segura y efi ciente las operaciones aéreas que se requieran; Que, en la actualidad, la Fuerza Aérea del Perú no posee un simulador de vuelos de la aeronave Hércules L-100-20/KC-130H creándose la necesidad de ejecutar el entrenamiento simulado en el extranjero, a fi n de lograr un adecuado nivel de entrenamiento en las tripulaciones aéreas; Que, mediante Contrato Internacional de Servicios Nº 0158-CEME-GRUP8-2022 derivado del Procedimiento de Selección RES-17-2022-CE2-FAP/GRUP8, para “Servicio de entrenamiento Inicial en Simulador de Vuelo del Sistema L-100-20 / KC-130H del GRUP8 PP-0135”, suscrito por la Fuerza Aérea del Perú y la Empresa GLOBAL AEROTRAINING & SUPPLY LLC, la citada empresa se obliga a brindar a la FAP el Servicio de Entrenamiento Inicial en Simulador de Vuelo del Sistema L-100-20 / KC-130H, en el Estado de Florida, Estados Unidos de América; Que, con Carta 041/2022, el Gerente General de la Empresa GLOBAL AEROTRAINING & SUPPLY LLC hace de conocimiento del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú, las fechas para brindar el “Servicio de Entrenamiento Inicial en Simulador de Vuelo del Sistema L-100-20 / KC-130H del GRUP8 PP-0135”: primera fecha del 3 al 26 de octubre de 2022, y segunda fecha del 2 al 30 de noviembre de 2022; Que, con Informe Técnico Legal Nº 038-2022, el Asesor Legal del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú opina que es viable la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en el “Servicio de Entrenamiento Inicial en Simulador de Vuelo del Sistema L-100-20 / KC-130H del GRUP8 PP-0135”, en el Estado de Florida, Estados Unidos de América, en las fechas programadas;Que, con O fi cio FAP Nº 000890-2022-COMOP-COA7/ FAP, el Comando de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú remite, a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada, la documentación que sustenta la presente autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en la referida actividad; Que, la Exposición de Motivos suscrita por el Comandante del Escuadrón Aéreo Nº 842 de la Fuerza Aérea del Perú, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en el citado entrenamiento, por cuanto, permitirá instruir a las tripulaciones en los procedimientos de la aeronave que puedan afectar las operaciones, minimizando el riesgo operacional, situación que resulta favorable en la preparación anual de los pilotos para garantizar el empleo profesional, seguro y e fi ciente de las aeronaves de la Fuerza Aérea del Perú. Asimismo, el entrenamiento en el extranjero representa un ahorro de recursos fi nancieros y logísticos requeridos en el entrenamiento de las tripulaciones aéreas, incrementando los estándares de seguridad y preservando los recursos humanos y materiales del Estado; asimismo, indica que la primera fecha del Entrenamiento Inicial tiene una duración de 24 días (6 días no se encuentran considerados en el PAVE AF-2022) y, que la segunda fecha del Entrenamiento Inicial tiene una duración de 29 días (11 días no se encuentran considerados en el PAVE AF-2022), por lo cual el personal militar FAP designado asumirá los gastos que incurran en los días no considerados en el PAVE AF-2022, tal como como consta en las Declaraciones Juradas, y la Fuerza Aérea cubrirá 18 días de instrucción; Que, la Hoja de Gastos Nº 0078 DGVC-ME/SIAF- SP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000001278 y Nº 0000002123, emitidas por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, garantizan el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en las referidas actividades, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Extra FAP Nº 001275-2022-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en el “Servicio de Entrenamiento Inicial en Simulador de Vuelo del Sistema L-100-20 / KC-130H del GRUP8 PP-0135”, en el Estado de Florida, Estados Unidos de América; Que, mediante el Informe Legal N° 01533-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en el “Servicio de Entrenamiento Inicial en Simulador de Vuelo del Sistema L-100-20 / KC-130H del GRUP8 PP-0135”, en el Estado de Florida, Estados Unidos de América, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado de la Secretaría General; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector