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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (25/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 54

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Domingo 25 de setiembre de 2022 El Peruano / 130-2022-GRC-SCR-CR y Nº 136-2022-GRC/SCR, el señor secretario comunicó al Jurado Nacional de Elecciones que la señora consejera solicitó una licencia sin goce de haber, la que debe efectivizarse desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidata en las ERM 2022. 2.3. Dicha solicitud de licencia fue concedida, por unanimidad, por los miembros del consejo regional, conforme al Acuerdo de Consejo Regional Nº 021, del 23 de junio de 2022, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre del mismo año. 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Consejo Regional del Callao, y estando a lo establecido en la Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.6.), resulta procedente convocar a don Raúl Gustavo Risco Rivera, identi fi cado con DNI Nº 25711144, candidato no proclamado de la organización política Fuerza Chalaca, para que asuma, temporalmente, el cargo de consejero del referido consejo regional. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Regionales Electas del Gobierno Regional del Callao, del 31 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial del Callao, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a doña Julissa Bellido Manrique, consejera del Consejo Regional del Callao, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Raúl Gustavo Risco Rivera, identi fi cado con DNI Nº 25711144, para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejero del Consejo Regional del Callao por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021- JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 En: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/expedientes/detalle/detalle- expediente>. 2 Publicado el 4 de enero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano . 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 5 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2109121-1Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejera del Consejo Regional del Callao RESOLUCIÓN Nº 3828-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022033251 CALLAOLICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, doce de setiembre de dos mil veintidós VISTOS : los O fi cios Nº 110-2022-GRC-SCR-CR, Nº 130-2022-GRC-SCR-CR y Nº 136-2022-GRC/SCR, presentados el 7 de julio, 9 de agosto y 2 de setiembre de 2022, respectivamente, por don Óscar Javier Zegarra Guzmán, secretario del Consejo Regional del Callao (en adelante, señor secretario), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don César Augusto Vargas Arévalo, consejero del referido consejo regional (en adelante, señor consejero), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. A través de los o fi cios del visto, el señor secretario informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor consejero, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Consejo Regional Nº 020, del 23 de junio de 2022. 1.2. En la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones 1, en el Expediente Nº ERM.2022015742, sobre la inscripción de listas, se visualiza, entre otros, la solicitud de licencia presentada por el señor consejero al Consejo Regional del Callao, el 2 de junio de 2022, que generó el registro Nº 013036-2022. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales 1.2. El artículo 30, referido a las vacancias, establece que el Jurado Nacional de Elecciones acredita a los consejeros accesitarios. En la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales (en adelante, LER) 1.3. El artículo 12 establece, entre otros, que la lista de candidatos al consejo regional debe estar conformada por el número de candidatos para cada provincia, incluyendo igual número de accesitarios. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM 2 1.4. El presidente de la República convocó a las ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República. En la Resolución Nº 0918-2021-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2022 3