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85 NORMAS LEGALES Sábado 22 de abril de 2023 El Peruano / Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2171574-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Establecen fecha límite para que las organizaciones políticas, las alianzas electorales, personas candidatas o sus responsables de campaña, presenten su primera entrega de información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Complementarias Municipales 2023 RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 000004-2023-GSFP/ONPE Lima, 19 de abril de 2023VISTOS: El Informe N° 000542-2023-SGVC-GSFP/ ONPE de la Sub Gerencia de Veri fi cación y Control y el Informe N° 000448-2023-SGTN-GSFP/ONPE emitido por la Sub Gerencia Técnica Normativa de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios y; respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº001-2023-PCM, se convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2023 (En adelante EMC 2023), para el día 2 de julio de 2023, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de los doce distritos que se detallan: N° DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 1 ANCASH BOLOGNESI CANIS 2 AMAZONAS BONGARA RECTA 3 AREQUIPA CAYLLOMA LARI 4 CAJAMARCA CHOTA CHIMBAN 5 CAJAMARCA CHOTA PION6 CAJAMARCA SANTA CRUZ NINABAMBA 7 LIMA CANTA HUAMANTANGA 8 ANCASH CORONGO ACO 9 HUANCAVELICA CHURCAMPA CHINCHIHUASI 10 CUSCO LA CONVENCION MANITEA 11 HUANCAVELICA TAYACAJA SALCABAMBA 12 HUANUCO YAROWILCA APARICIO POMARES Que, el artículo 30-A de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas y, sus modi fi catorias (en adelante LOP), establece que, los ingresos y gastos efectuados por el candidato deben ser informados a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (en adelante GSFP) de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (en adelante ONPE) a través de los medios que esta disponga y en los plazos señalados en el párrafo 34.5 del artículo 34 de la citada Ley; Que, el numeral 34.5 del artículo 34° de la citada Ley, prescribe que, las organizaciones políticas y los candidatos o sus responsables de campaña, según corresponda, presentan su información fi nanciera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral en dos (2) entregas obligatorias. En ese sentido, la ONPE en el artículo 102° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios aprobado por Resolución Jefatural Nº 001669-2021-JN/ONPE, estableció que: 1) La primera entrega se deberá efectuar durante la campaña electoral y, comprenderá desde la convocatoria hasta treinta (30) días antes del día de la elección; y, 2) La segunda entrega se realizará en un plazo no mayor a 15 días de concluido el proceso electoral con la publicación en el diario o fi cial El Peruano de la resolución que dispone su conclusión; Que, en concordancia con ello, a través del Informe N° 000542-2023-SGVC-GSFP/ONPE, se comunicó que el periodo de rendición de cuentas para la primera entrega de las EMC 2023 está comprendido desde el 04 de enero hasta el 02 de junio de 2023; siendo entonces, el día 09 de junio de 2023, la fecha límite para la presentación de la primera entrega de la información fi nanciera de aportes e ingresos recibidos y gastos de las organizaciones políticas y candidatos o sus respectivos responsables de campaña, según corresponda, efectuados durante la campaña electoral de las EMC 2023; Que, asimismo, se precisa que para la presentación de la primera entrega de la información fi nanciera, la ONPE tiene habilitadas las siguientes vías: a) Mediante el Portal Digital de Financiamiento (Plataforma “CLARIDAD”), ubicado dentro de la web de la ONPE, en el siguiente link: https://www.web.onpe.gob.pe/claridadCandidato, b) Mesa de Partes de las O fi cinas Regionales de Coordinación (ORC) de la ONPE y, c) en la Sede Central de la ONPE, ubicada en Jirón Washington Nº 1894 – Cercado de Lima. Por otro lado, resulta importante precisar que, mediante Resolución Gerencial N° 000402-2022-GSFP/ONPE publicada en el diario o fi cial El Peruano el 16 de junio de 2022, se aprobaron los formatos para todos los procesos electorales, dentro de éstos, el Formato 12: Acreditación del Responsable de Campaña de los Candidatos a cargo de Elección Popular; adecuado para la Plataforma “CLARIDAD”, formato que por su estructura, solo podrá ser utilizado si los usuarios optaran por ingresar la información fi nanciera a través de la citada Plataforma; Que, asimismo, resulta pertinente reiterar que para acceder a la Plataforma “CLARIDAD” e ingresar por esa vía, la información fi nanciera de ingresos, aportes y gastos de campaña electoral la persona candidata o los personeros legales de las organizaciones políticas o alianzas electorales, según correspondan, deberán solicitar, de manera previa, la creación de su casilla electrónica a través de la web de ONPE, o de manera física en cualquiera de las O fi cinas de la ONPE ubicadas a nivel nacional. Con posterioridad se creará la casilla electrónica y se les noti fi carán las credenciales de acceso para la Plataforma “CLARIDAD” (usuario y contraseña); En uso de las atribuciones conferidas a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, por las normas jurídicas aludidas y de conformidad con lo dispuesto por el literal o) del artículo 84° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, adecuado por Resolución Jefatural N° 000902-2021-JN/ONPE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER el 09 de Junio de 2023, como fecha límite para que las organizaciones políticas, las alianzas electorales, personas candidatas o sus responsables de campaña, según correspondan, presenten su primera entrega de la información fi nanciera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Complementarias Municipales 2023, por el periodo comprendido desde el 04 de enero al 02 de junio del 2023. Artículo Segundo.- INFORMAR que el ingreso de la presentación de la primera entrega de la información fi nanciera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Municipales Complementarias 2023, se podrá efectuar a