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3 NORMAS LEGALES Lunes 21 de agosto de 2023 El Peruano / recursos que se ejecutarán en la citada comisión de servicio; Que, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000004, emitida por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, garantiza el fi nanciamiento correspondiente; Que, el Plan de Intención de Navegación del B.A.P. “CLAVERO” (CF-15), anexada al expediente, señala que el zarpe de la citada Unidad Naval se realizará el 24 de agosto de 2023 del Puerto de Iquitos, con escala en los Puertos de Santa Rosa, República del Perú, Fonte Boa, Tefé, Coari, Manacapurú, Manaos y Velho Airao, de la República Federativa de Brasil; asimismo, arribará al Puerto de Iquitos el 18 de setiembre de 2023, considerando el pago de asignación especial por estadía en puerto extranjero por cinco (5) días; Que, con O fi cio N° 5369/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina remite un proyecto de Resolución Ministerial a fi n que se autorice el viaje al exterior, en Comisión de Servicios, del personal naval a bordo del B.A.P “CLAVERO”, para que participen en la Ejecución de la Fase III de la Operación BRACOLPER NAVAL 2023, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 5 al 9 de setiembre de 2023; así como, debiendo zarpar el 24 de agosto de 2023 del Puerto de Iquitos, República de Perú y arribar en el citado puerto el 18 de setiembre de 2023; Que, a través del O fi cio N° 02097-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 480-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la citada autorización de viaje al exterior; Que, con Informe Legal N° 01339-2023-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar la comisión de servicio del personal naval que conforma la tripulación del B.A.P. “CLAVERO” (CF-15), para que participen en la Ejecución de la Fase III del Ejercicio Operacional BRACOLPER NAVAL 2023, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Secretaría General; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para que participen en la Ejecución de la Fase III del Ejercicio Operacional BRACOLPER NAVAL 2023, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 24 de agosto al 18 de setiembre de 2023; con permanencia en puerto extranjero por un período total de cinco (5) días. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero: Manaos (República Federativa de Brasil) US$ 87.81 x 1 O fi cial Superior x 5 días US$ 439.05 Manaos (República Federativa de Brasil) US$ 73.17 x 4 O fi ciales Subalternos x 5 días US$ 1,463.40 Manaos (República Federativa de Brasil) US$ 69.67 x 51 Personal Subalterno x 5 días US$ 17,765.85 Manaos (República Federativa de Brasil) US$ 43.90 x 5 Personal Marinería x 5 días US$ 1,097.50 --------------------- Total a pagar: US$ 20,765.80 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para reemplazar, desembarcar y/o disponer el retorno al Puerto de Iquitos, a cualquier tripulante por haber cometido infracciones disciplinarias graves o muy graves; por motivos de salud personal o de familiar directo; o, en casos de fuerza mayor que requieran la presencia del tripulante.