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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (08/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Viernes 8 de diciembre de 2023 El Peruano / el Extranjero en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, que se encuentra percibiendo el personal militar que sea nombrado en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior; Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio N° 03270-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN, y el Informe Técnico Nº 816-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la citada autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 02021-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje en comisión especial en el exterior, de la Capitán de Corbeta Rosa Inés ACOSTA URBINA, para que se desempeñe como O fi cial Coordinador de Proyectos de la Organización Hidrográ fi ca Internacional (OHI), en la ciudad de Mónaco, Principado de Mónaco, conforme a la normativa sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión especial en el exterior, de la Capitán de Corbeta Rosa Inés ACOSTA URBINA, identi fi cada con CIP N° 01010189 y DNI N° 43310861, para que se desempeñe como Ofi cial Coordinador de Proyectos de la Organización Hidrográ fi ca Internacional (OHI), en la ciudad de Mónaco, Principado de Mónaco, del 15 de diciembre de 2023 al 14 de diciembre de 2025; así como, autorizar su salida del país el 13 de diciembre de 2023 y su retorno el 16 de diciembre de 2025. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos (Ida): Lima - Niza (República Francesa) clase económica US$ 1,385.09 x 4 personas (Titular, esposo e hijos) US$ 5,540.36 Pasajes terrestres (ida): Niza - Mónaco (Principado de Mónaco) US$ 55.00 x 4 personas US$ 220.00 Total a pagar: US$ 5,760.36Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) € 9,161.13 x 2 compensaciones x 1 persona € 18,322.26 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: € 9,161.13 / 31 x 17 días (diciembre) x 1 persona € 5,023.85 Total a pagar: € 23,346.11 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El pago por gastos de compensación extraordinaria, gastos de traslado, pasajes terrestres y pasajes aéreos internacionales y tarifa única de uso de aeropuerto, de la titular, esposo e hijos, que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en comisión especial en el exterior, según corresponda, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- La O fi cial Superior autorizada debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendarios, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- La mencionada O fi cial Superior, revistará en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, por el periodo que dure la comisión especial en el exterior. Artículo 8.- La O fi cial Superior designada, está impedida de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2242729-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que establece los montos de la remuneración de los docentes nombrados y contratados de las Escuelas Superiores de Formación Artística (ESFA), de los docentes nombr ados y contratados de las ex ESFA, ahora Universidad Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles y Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco, y autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 DECRETO SUPREMO Nº 277-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA