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99 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2023 El Peruano / Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2245040-1 Designan a Fiscal Adjunta Suprema Titular, como Adscrita al Despacho de la Fiscalía de la Nación, y Jefa de la Oficina de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3491-2023-MP-FN Lima, 15 de diciembre de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1318-2022-MP-FN, de fecha 02 de julio de 2022, se resolvió, entre otros, designar al abogado Edgar Alfredo Rebaza Vargas, Fiscal Superior Titular Penal de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, y Jefe de la O fi cina de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones, El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. En esa línea, según el numeral 64.2 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Respecto a la provisionalidad la Corte ha señalado que esta “no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Es aquí, en que se destaca la comprensión de la condición resolutoria, desarrollada por la Corte, que “sería la extinción de la causa que motivó la ausencia o separación temporal de la funcionaria o el funcionario titular, o el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público para proveer los reemplazos de carácter permanente”. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, estando a lo expuesto en los párrafos precedentes, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, dando por concluido el nombramiento y designación del personal fi scal que ocupa provisionalmente la plaza señalada en el primer párrafo de la presente resolución; asimismo, previa veri fi cación de los requisitos de ley, disponer la designación del personal fi scal que ocupe provisionalmente la plaza fi scal a generarse, designación que tendrá vigencia a partir de la fecha de su toma de posesión de cargo y hasta el 30 de junio de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente, por lo cual deberá convertirse la plaza de Fiscal Superior, con carácter transitorio, de la O fi cina de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones, en una (01) plaza de igual nivel, de Fiscal Adjunto Supremo. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N° 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora Ellyde Secilia Hinojosa Cuba, Fiscal Adjunta Suprema Titular, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Penal, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 436-2019-MP-FN, de fecha 04 de marzo de 2019. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Edgar Alfredo Rebaza Vargas, Fiscal Superior Titular Penal de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, y Jefe de la O fi cina de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1318-2022-MP-FN, de fecha 02 de julio de 2022. Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Edwin Rafael Llanos Malca, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cajamarca, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1414-2022-MP-FN, de fecha 12 de julio de 2022. Artículo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Giovana Raquel Rabanal Cacho, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, así como las prórrogas de su vigencia, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2068-2022-MP-FN y 1594-2023-MP-FN, de fechas 30 de septiembre de 2022 y 28 de junio de 2023, respectivamente. Artículo Quinto.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Susan Kalajan Escalante Quiroz, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de San Marcos, así como las prórrogas de su vigencia, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2382-2022-MP-FN y 1594-2023-MP-FN, de fechas 09 de noviembre de 2022 y 28 de junio de 2023, respectivamente. Artículo Sexto.- Convertir la plaza de Fiscal Superior, con carácter transitorio, de la O fi cina de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones, en una (01) plaza de igual nivel, de Fiscal Adjunto Supremo. Artículo Séptimo.- Designar a la doctora Ellyde Secilia Hinojosa Cuba, Fiscal Adjunta Suprema Titular, como Adscrita al Despacho de la Fiscalía de la Nación, y Jefa de la O fi cina de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones Artículo Octavo.- Designar al abogado Edgar Alfredo Rebaza Vargas, Fiscal Superior Titular Penal de