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94 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2023 El Peruano / impugnatorio en contra del citado acuerdo de concejo dentro de los plazos legalmente establecidos. c) A través de la Resolución de Alcaldía N° 131-2023-MDH-A, del 1 de diciembre de 2023, se declaró consentido dicho acuerdo de concejo. Esta resolución fue puesta a conocimiento de la señora regidora mediante la Carta N° 060-2023-MDH-SG(e)-WCHD, del 1 de diciembre de 2023. 2.4. Por tanto, al veri fi carse de la documentación detallada en el considerando 2.3. que se respetó el derecho a la defensa e impugnación de la señora regidora, conforme lo determina la LOM y las formalidades que señala el TUO de la LPAG (ver SN 1.4., 1.6. y 1.7.), corresponde a este Supremo Tribunal Electoral, en atención a lo establecido en el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.5.), dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada. 2.5. En ese sentido, se debe convocar a don Marino Santos Henríquez Crespín, identi fi cado con DNI N° 19415733, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional Fortaleza Perú, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huayo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.6. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 25 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pataz, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Lucit Likeli Luciano Aspiros como regidora del Concejo Distrital de Huayo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por haber incurrido en la causa de vacancia prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2.- CONVOCAR a don Marino Santos Henríquez Crespín, identi fi cado con DNI N° 19415733, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huayo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASRAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 1 Aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019- JUS 2 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 3 Documento Nacional de Identidad 2244973-1Declaran nulo el acto de notificación dirigida a regidora electa para la Juramentación y Asunción de Cargo del Concejo Distrital de Pullo, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN Nº 0231-2023-JNE Expediente N° JNE.2023002915 PULLO-PARINACOCHAS-AYACUCHOCONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, trece de diciembre de dos mil veintitrésVISTOS: los escritos presentados, el 8 y 27 de noviembre de 2023, respectivamente, por don José Carlos Oscco Ccahuancama, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pullo, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho (en adelante, señor alcalde), sobre convocatoria de candidato no proclamado instaurado en contra de doña Irma Consuelo Cayhua de la Cruz, regidora electa para dicha circunscripción (en adelante, señora regidora electa) . ANTECEDENTES1.1. Por medio del escrito presentado el 8 de noviembre, el señor alcalde remitió, entre otros, los actuados del procedimiento de vacancia seguido en contra de la regidora electa, por las causas previstas en los numerales 4 y 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM): a) Citaciones para las sesiones ordinarias de concejo del 15 y 28 de febrero y 10 de marzo de 2023. b) Citación N° 017-2023-MDP/ALC, del 21 de setiembre de 2023, para la sesión extraordinaria de concejo programada para el 28 de setiembre de 2023. c) Acta de Sesión Extraordinaria del 28 de setiembre de 2023, en la que el concejo distrital habría declarado la vacancia de la señora regidora. d) Acuerdo de Concejo N° 017-2023, del 28 de setiembre de 2023, que formalizaría la decisión de los miembros del concejo. e) Carta N° 004-2023-MDP-AL/PARE-AYAC, del 28 de setiembre de 2023, dirigida a la señora regidora, sobre notifi cación del acuerdo de concejo. f) Comprobante de pago de tasa electoral. 1.2. Mediante el Auto N° 1, del 17 de noviembre de 2023, el Pleno de este órgano electoral requirió al señor alcalde que remita la documentación precisada en sus considerandos 2.4. y 2.5., bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de declarar improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado, remitir copias al Ministerio Público y archivar el expediente. 1.3. En atención a dicho requerimiento, el 27 de noviembre de 2023, el señor alcalde incorporó los siguientes documentos: a) Citación, del 26 de diciembre de 2022, dirigida a la señora regidora, sobre convocatoria para el acto de juramentación programado para el 2 de enero de 2023. b) Acta de Juramentación y Asunción de Cargo, del 2 de enero de 2023. CONSIDERANDOSPrimero.- SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.1. El artículo 34 establece que los alcaldes y regidores electos y debidamente proclamados y juramentados asumen sus cargos el primer día del mes de enero del año siguiente al de la elección .