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90 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2023 El Peruano / APELLIDOS Y NOMBRESRESOLUCIÓN DE DECANATOBOLSA DE VIAJEFUENTE DE FINANCIAMIENTO ROCHA ZAPANA, Nelly MarthaR.D. N° 439-2023-D-FE-UNA- PUNO8,500.00 R.D.R. – Examen de Sufi ciencia Profesional 2022 – FE Meta SIAF 0015RAMOS CALISAYA, Nury GloriaR.D. N° 439-2023-D-FE-UNA- PUNO8,500.00 CABALLERO APAZA, Luz MarinaR.D. N° 439-2023-D-FE-UNA- PUNO8,500.00 MAMANI ZAPANA, William HaroldR.D. N° 439-2023-D-FE-UNA- PUNO8,500.00 QUICAÑO NUÑEZ, Filomena LourdesR.D. N° 440-2023-D-FE-UNA- PUNO8,500.00 R.O. - Meta SIAF 0015 Artículo Segundo.- El Vicerrectorado Académico, la respectiva Facultad, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la entidad, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PAULINO MACHACA ARI Rector LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA Secretaria General 2223997-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Bolognesi, provincia de Pallasca, departamento de Áncash RESOLUCIÓN Nº 0229-2023-JNE Expediente N° JNE.2023003036 BOLOGNESI-PALLASCA-ÁNCASHCONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, trece de diciembre de dos mil veintitrésVISTO: el O fi cio N° 184-2023-MDB/A, presentado el 23 de noviembre de 2023, por doña Miriam Yaveli Domínguez Villanueva, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Bolognesi, provincia de Pallasca, departamento de Áncash (en adelante, señora alcaldesa), en el marco del procedimiento de convocatoria de candidato no proclamado en vista de que doña Lesly Lizet Reyes Murillo, regidora electa para dicha circunscripción (en adelante, señora regidora electa), no juramentó ni asumió su cargo para el periodo de gobierno municipal 2023-2026; y teniendo a la vista el Expediente N° JNE.2023001279. ANTECEDENTESEn el Expediente N° JNE.20230012791.1. A través del O fi cio N° 065-2,023-ALC-MDB, presentado el 14 de abril de 2023, la señora alcaldesa solicitó la convocatoria de candidato no proclamado en atención al procedimiento de vacancia seguido en contra de la señora regidora electa, por la causa prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, remitiendo la siguiente documentación: a) Notifi caciones dirigidas a la señora regidora electa para las sesiones ordinarias, del 18 y 31 de enero, así como la del 15 de febrero de 2023.b) Actas de las sesiones ordinarias antes citadas. c) Solicitud de vacancia, presentada el 8 de marzo de 2023, por don Apolonio Jacinto Manrique Vásquez en contra de la regidora electa, por sus inasistencias a las sesiones ordinarias antes mencionadas. d) Notifi caciones, del 8 de marzo de 2023, dirigidas a los miembros del concejo distrital, para la sesión extraordinaria programada para el 13 del mismo mes y año. e) Acta de Sesión de Concejo N° 010-2,023-Sesión Extraordinaria del 13 de marzo de 2023, en la que los miembros del concejo declararon la vacancia de la señora regidora electa. f) Notifi caciones del 13 de marzo de 2023, dirigidas a los miembros del concejo distrital, con las que se noti fi có el Acta de la Sesión de Concejo N° 010-2,023. g) Acuerdo de Concejo N° 002-2,023-MDB, del 14 de marzo de 2023, que formalizó la decisión edil adoptada. h) Resolución de Alcaldía N° 041-ALC-MDB-2,023, del 5 de abril de 2023, que declaró consentido el acuerdo de concejo. 1.2. Mediante el Auto N° 1, del 18 de abril de 2023, el Pleno de este órgano electoral requirió que la señora alcaldesa remita la documentación detallada en sus considerandos 2.4. y 2.5., bajo apercibimiento de declarar improcedente su pedido, remitir copias de los actuados al Ministerio Público y disponer el archivo del expediente. 1.3. El mencionado pronunciamiento fue noti fi cado el 20 de abril del 2023, a través de la Noti fi cación N° 2688-2023-JNE, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 1 (en adelante, Reglamento). 1.4. Transcurrido el plazo otorgado, mediante el Auto N° 2, del 26 de abril de 2023, se hizo efectivo el apercibimiento decretado en el Auto N° 1, sin perjuicio de una nueva presentación de la solicitud en mención. En el presente expediente1.5. Por medio del o fi cio señalado en el visto, la señora alcaldesa solicitó la convocatoria de candidato no proclamado debido a la no juramentación de la señora regidora electa. Para ello, remitió, entre otros, los documentos relacionados al acto de juramentación: a) Convocatorias, del 20 de diciembre de 2022, dirigidas a los miembros del concejo distrital, incluyendo a la señora regidora electa, para la Sesión de Instalación y Juramentación programada para el 2 de enero de 2023. b) Acta de Instalación y Juramentación al cargo de Acaldesa y Regidores de la Municipalidad Distrital de Bolognesi, provincia de Pallasca, periodo años 2,023-2,026, del 2 de enero de 2023 (en adelante, Acta de Instalación y Juramentación). c) Comprobante de pago de tasa electoral. CONSIDERANDOSPrimero.- SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 5 del artículo 178 señala que es competencia de este organismo electoral: “Proclamar a los candidatos elegidos ; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes [resaltado agregado]”. En la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.2. El literal j del artículo 5 prescribe como una de las funciones del Jurado Nacional de Elecciones la expedición de las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares.