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92 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2023 El Peruano / 2 Aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019- JUS 3 Domicilio registrado según el padrón electoral aprobado para las Elecciones Regionales y Municipales 2022. Dicha dirección fue declarada por la señora regidora electa en el Anexo 1-Declaración Jurada de Consentimiento de Participación en las Elecciones Municipales y de Veracidad de Contenido del Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida, incorporado en el Expediente ERM.2022011682. 4 Documento Nacional de Identidad. 5 De acuerdo con la consulta en línea realizada en el portal electrónico de Reniec, la señora regidora electa modi fi có su domicilio el 8 de agosto de 2023. 2244970-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huayo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 0230-2023-JNE Expediente N° JNE.2023002766 HUAYO-PATAZ-LA LIBERTADVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, trece de diciembre de dos mil veintitrésVISTOS: los O fi cios N. os 196-2023-MDH, 203- 2023-MDH y 205-2023-MDH, presentados el 13, 30 de noviembre y 4 de diciembre de 2023, respectivamente, por don Ledgard Nell Goicochea Príncipe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad (en adelante, señor alcalde), sobre la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de doña Lucit Likeli Luciano Aspiros, regidora de dicha comuna (en adelante, señora regidora), por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES1.1. A través del O fi cio N° 187-2023-MDH, presentado el 17 de octubre de 2023, el señor alcalde remitió, entre otros, la siguiente documentación: a) Carta N° 021-2023-MDH-SG(e)-WCHD, del 29 de agosto de 2023, dirigida a la señora regidora, sobre convocatoria a la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 02-2023, programada para el 12 de setiembre de 2023. b) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 02-2023, del 12 de setiembre de 2023, en la que los miembros del concejo declararon la vacancia de la señora regidora. c) Acuerdo de Concejo N° 069-2023-MDH/CM, del 12 de setiembre de 2023, que formalizó la decisión adoptada por el concejo distrital. d) Informe N° 05-2023-MDH-UTDYAG-MJEM, emitido, el 6 de octubre de 2023, por la responsable de Trámite Documentario de la municipalidad, sobre no presentación de recurso impugnatorio en contra del acuerdo de concejo. e) Informe N° 05-2023/WACHD-S.G-MDH, emitido el 6 de octubre de 2023 por el secretario general (e) de la entidad, con el cual se trasladó el informe de Trámite Documentario. f) Resolución de Alcaldía N° 110-2023-MDH-A, del 13 de octubre de 2023, que declaró fi rme y consentido el Acuerdo de Concejo N° 069-2023-MDH/CM. g) Comprobante de pago de la tasa electoral. 1.2. Mediante la Resolución N° 0191-2023-JNE, del 2 de noviembre de 2023, el Pleno de este órgano electoral declaró nulo lo actuado hasta el acto de noti fi cación del Acuerdo de Concejo N° 069-2023-MDH/CM, dirigida a la señora regidora; requirió que el señor alcalde cumpla con noti fi carle el mencionado acuerdo, respetando estrictamente las formalidades previstas en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 1 (en adelante, TUO de la LPAG) e informe documentadamente si el acuerdo de concejo quedó consentido o se interpuso algún recurso impugnatorio en su contra. Todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado, se remitan copias de los actuados al Ministerio Público y se archive el expediente. 1.3. Con los o fi cios del visto, el señor alcalde incorporó los siguientes documentos: a) Carta N° 049-2023-MDH-SG(e)-WCHD, del 6 de noviembre de 2023, dirigida a la señora regidora, sobre notifi cación del Acuerdo de Concejo N° 069-2023-MDH/ CM. b) Acta de noti fi cación del 6 de noviembre de 2023, emitida por el secretario general (e) de la municipalidad. c) Informe N° 07-2023/WACHD-S.G-MDH, del 28 de noviembre de 2023, emitido por el secretario general (e), sobre noti fi cación realizada. d) Ofi cio N° 315-2023-JP1ra.N., del 29 de noviembre de 2023, emitido por el juez de paz de Primera Nominación del distrito de Huayo, sobre constatación de domicilio. e) Informe N° 01-2023-MDH-UTD-JLBM, emitido el 30 de noviembre de 2023 por la responsable de Trámite Documentario de la municipalidad. f) Informe N° 10-2023/WACHD-S.G-MDH, emitido el 30 de noviembre de 2023 por el secretario general (e). g) Resolución de Alcaldía N° 131-2023-MDH-A, del 1 de diciembre de 2023, que declaró consentido el Acuerdo de Concejo N° 069-2023-MDH/CM. h) Carta N° 060-2023-MDH-SG(e)-WCHD, del 1 de diciembre de 2023, dirigida a la señora regidora, sobre notifi cación de la mencionada resolución de alcaldía. i) Acta de noti fi cación, del 1 de diciembre de 2023, emitida por el secretario general (e), sobre noti fi cación de la resolución de alcaldía señalada. CONSIDERANDOSPrimero.- SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. Los numerales 4 y 5 del artículo 178 establecen como atribuciones del Jurado Nacional de Elecciones las siguientes: 4. Administrar justicia en materia electoral. 5. Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes [resaltado agregado]. En la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.2. Los literales j y u del artículo 5 de fi nen como funciones de este organismo electoral: j. Expedir las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares; […]u. Declarar la vacancia de los cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos; […] En la LOM1.3. El numeral 7 del artículo 22 prescribe que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses. 1.4. El artículo 23 precisa: