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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2023 (10/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Martes 10 de enero de 2023 El Peruano / respectivos instrumentos de gestión institucional durante los últimos años se ha delegado diversas facultades y atribuciones en el Gerente General, Gerente Central de la O fi cina General de Logística, Gerente de la O fi cina de Abastecimiento y O fi cina de Servicios Generales y Gerente Central de la O fi cina General de Inversiones; Que, en efecto, mediante Resolución de la Fiscalía de Nación N° 001-2022-MP-FN de fecha 05 de enero de 2022, se delega en el Gerente General del Ministerio Publico las facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en materia de presupuesto, personal y bienes de propiedad estatal, con excepción de aquellas que por mandato legal tengan la calidad de indelegables; Que, la citada Resolución de la Fiscalía de Nación N° 001-2022-MP-FN, delega en el Gerente General las facultades y atribuciones contenidas en la Normativa de Contrataciones del Estado, delegando también determinadas facultades al Gerente Central de la Ofi cina General de Logística, Gerente de las O fi cinas de Abastecimiento y Servicios Generales, así como, Gerente Central de la O fi cina General de Inversiones; Que, no obstante que dicha decisión ha generado desarrollo de las actividades institucionales se observa que tales delegaciones en su gran mayoría han sido encomendadas a la Gerencia General disminuyendo con ello el ejercicio de actividades de planeamiento y otras propias de dicho nivel de dirección, advirtiéndose que en bene fi cio de esta Entidad dichas delegaciones bien pueden extenderse a otros órganos en condición de delegados para su ejecución. Que, existen diversos órganos de la Gerencia General que ejercen funciones en materia de personal a cargo de la O fi cina General de Potencial Humano, en materia de logística a cargo de la O fi cina General de Logística, en materia de obras e inversiones a cargo de la O fi cina General de Inversiones y materia fi nanciera a la O fi cina General de Finanzas, por lo que correspondería delegar dichas funciones a los Gerentes Centrales de dichos órganos pues estos ejercen dichas especialidades pudiendo ejercer las funciones delegadas dotando a los procedimientos de la máxima dinámica posible, que permitan al Ministerio Público cumplir de manera oportuna y e fi caz las funciones establecidas en su norma de creación y sus respectivos instrumentos de gestión institucional, resultando por tanto pertinente que durante el Año Fiscal 2023, se delegue en la Gerencia General, la O fi cina General de Logística, la O fi cina General de Inversiones, O fi cina General de Potencial Humano y Ofi cina General de Finanzas, determinadas funciones asignadas al Titular de la Entidad; Contando con el visto bueno en señal de conformidad por la Gerencia General y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Delegar en el/la Gerente General del Ministerio Público, las facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad siguientes: 2.1 EN MATERIA DE GESTIÓN PRESUPUESTARIAa) Aprobar la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático a que se re fi ere el artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, previo informe técnico favorable de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto. b) Aprobar y suscribir el acta de formalización de la matriz de compromisos de mejora de desempeño, de acuerdo con lo establecido en la Directiva N° 007-2019- EF/50.01 “Directiva que regula la Evaluación en el marco de la fase de Evaluación Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2019-EF/50.01. c) Suscribir la información anual y de los periodos intermedios (trimestral y semestral) de los estados fi nancieros y presupuestarios del Pliego Ministerio Publico, requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas en el marco de la Directiva N° 003-2022-EF/51.01. d) Ejercer las atribuciones, facultades en materia presupuestaria que corresponden al Titular de la Entidad durante el Ejercicio Presupuestal 2023, que tengan la condición de delegables, conforme a lo previsto por el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. EN MATERIA DE GESTIÓN DE TESORERÍA:a) Designar a los responsables titulares y suplentes de la fi rma electrónica de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras, a través del Aplicativo Informático SIAF-SP “Acreditación Electrónica de responsables de Cuentas”. 2.3. EN MATERIA DE GESTIÓN DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL: a) Autorizar y suscribir los Convenios de Cooperación Interinstitucional de aplicación en el ámbito nacional e internacional. 2.4. EN MATERIA DE GESTIÓN DE PLANEAMIENTO:a) Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional del Ministerio Público. 2.5. EN MATERIA DE GESTIÓN NORMATIVA:a) Aprobar o modi fi car directivas y/o manuales, que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnicos normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de la Entidad. en concordancia con los instrumentos normativos institucionales. 2.6. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO: a) Las facultades y atribuciones de carácter delegable que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, conforme al supuesto previsto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF. b) Las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, Reglamento y modi fi catorias: 1.1 Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) del Ministerio Público y sus modi fi catorias. 1.2 Aprobar los procesos de estandarización.1.3 Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de obra cuando previamente se cumplan con las reglas previstas en la normatividad del Sistema Nacional de Presupuesto Público, que no excedan el quince por ciento (15%) del monto del contrato original, conforme a la Ley y su Reglamento, en los contratos por Licitación Pública y Adjudicación Simpli fi cada. 1.4 Resolver los recursos de apelación presentados en procedimientos de selección que corresponden ser resueltos por la Entidad. 1.5 Aprobar la ofertas económicas que superen el valor estimado de la contratación. 1.6 Aprobar el procedimiento de selección por Contratación Directa en los supuestos que la Ley establece como delegables, referido a la aprobación del expediente, aprobación de la contratación directa, aprobación de las bases y suscripción del contrato. A excepción de la aprobación de las contratación directa por la causal descrita en el literal j) del artículo 27 del Texto Único