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43 NORMAS LEGALES Martes 10 de enero de 2023 El Peruano / Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. Artículo Segundo.- Delegar en el/la Gerente Central de la O fi cina General de Logística del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF: a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades – CMN y sus modi fi catorias b) Aprobar los procedimientos de selección por Licitación Pública y por Concurso Público, para la contratación de bienes, servicios, obras y consultorías en lo que concierne a la aprobación del expediente, aprobación de la conformación y reconformación del Comité de Selección, aprobación de las bases y suscripción del contrato original, contrato modi fi cado y contrato complementario. c) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales, la reducción de prestaciones y ampliaciones de plazo (modi fi caciones contractuales) en los contratos por Licitación Pública, Concurso Público en Bienes y Servicios y por Adjudicación Simpli fi cada cuando deriven de una Licitación Pública o Concurso Público en las mismas materias. d) Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección por Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. e) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el monto máximo permitido en la normativa de contrataciones del Estado, derivada de contratos suscritos en los procedimientos de selección realizados por Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Simpli fi cada derivada de Concurso Público o Licitación Pública. f) Aprobar los procedimientos de selección por Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Subasta Inversa Electrónica, lo cual incluye la aprobación del expediente, designación del Comité de Selección, reconformación del comité de selección, aprobación de las bases, cancelación del procedimiento de selección y suscripción del contrato. g) Aprobar el procedimiento de selección por Contratación Directa en el supuesto previsto que en el literal j) del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, referido a la aprobación del expediente, aprobación de la contratación directa, aprobación de las bases y suscripción del contrato. h) Aprobar la contratación por Acuerdo Marco, así como, su cancelación cuando corresponda. i) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual, en el marco de las contrataciones derivadas de procedimientos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales y Comparación de Precios. j) Resolver los contratos derivados de los procedimientos de selección de Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales y Comparación de Precios y bajo la modalidad de Acuerdo Marco. k) Ejercer la representación legal del Ministerio Público para suscribir, modi fi car y/o resolver contratos referidos a bienes y servicios cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). l) Aprobar en materia de obras los procedimientos de selección por Adjudicación Simpli fi cada y por Selección de Consultores Individuales, aprobación del expediente de contratación, conformación del comité de selección, aprobación de bases, cancelación del procedimiento de selección, suscripción de contrato y/o orden de compra u orden de servicio, designar a los inspectores de obra, modi fi caciones convencionales al contrato, ampliaciones de plazo, resolución de contrato y suscripción de adendas. Artículo Tercero.- Delegar en el/la Gerente Central de la Ofi cina General de Inversiones del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, Reglamento y modi fi catorias, en materia de obras, consultoría de obras y consultoría en general, así como las facultades y atribuciones delegables que le corresponden al Titular de la Entidad en la administración de obras directas y proyectos de inversión: a) Aprobar los expedientes técnicos de obra y sus modi fi catorias b) Aprobar Liquidaciones de Obras y Consultorías de Obra c) Designar a los integrantes del Comité de Recepción de Obra, aprobar su reconformación, así como Resolver las discrepancias surgidas por las observaciones o la subsanación de observaciones al momento de la recepción de obra. d) En materia de Obras por Administración Directa a nivel nacional, la aprobación de expediente técnico de obra, ejecución física de la obra, ampliación de plazo, modi fi caciones convencionales, suscripción de adendas, la descripción antes mencionada no constituye una relación númerus clausus. e) Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión, así como su ejecución cuando hayan sido declarados viables mediante fi chas técnicas. Artículo Cuarto.- Delegar en el/la Gerente Central de la O fi cina General de Potencial Humano del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en materia de personal: a) Aprobar, modi fi car o dejar sin efecto la conformación de las Comisiones Negociadoras del Pliego de Reclamos del Ministerio Público. b) Conceder licencia por enfermedad por periodos mayores a 60 días consecutivos, previa evaluación y aprobación de los informes respectivos. Artículo Quinto.- Delegar en el/la Gerente Central de la Ofi cina General de Finanzas del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en materia fi nanciera: a) Aprobar los instrumentos técnicos normativos de Contabilidad y Tesorería relacionados al Fondo para Pagos en Efectivo, Viáticos y Encargos. b) Ejercer la representación legal en el manejo de las cuentas bancarias de la institución, según se establece en la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15 aprobada con Resolución Directoral N° 002-2007-EF.77.15. Así como ante los organismos y entidades públicas del Estado. c) Aprobar el Plan Anual de Ejecución de Arqueos Sorpresivos al Fondo para Pagos en Efectivo asignado a los Distritos Fiscales a nivel nacional y a las cajas chicas asignadas a las Unidades Orgánicas de la Sede Central, en el marco de lo previsto por la Norma General de Tesorería N° 08. d) Aprobar la apertura anual del Fondo para Pagos en Efectivo de los Distritos Fiscales a nivel nacional y de las Unidades Orgánicas de la Sede Central y sus modi fi caciones. e) Autorizar el otorgamiento de viáticos por comisiones de servicios de hasta tres (03) días. f) Aprobar mediante acto resolutivo los resultados de los avances de la ejecución de Depuración y Sinceramiento Contable hasta su culminación. Artículo Sexto.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente resolución son indelegables, y comprenden las facultades de decidir dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; más no exime la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para cada caso concreto. Artículo Sétimo.- La desconcentración de funciones delegadas mediante los artículos segundo, tercero, cuarto y quinto no constituye una relación númerus clausus, por lo que debe entenderse por delegadas las facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en materia de contrataciones del Estado a favor del/la