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5 NORMAS LEGALES Martes 10 de enero de 2023 El Peruano / DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Oficializan el uso de los aplicativos informáticos denominados “Libro de Operaciones Electrónico de los Títulos Habilitantes para aprovechamiento forestal maderable (LOE- TH)”, “Libro de Operaciones Electrónico de Centros de Trasformación Primaria de productos y subproductos forestales maderables (LOE-CTP)” y “Emisión y Registro de Guías de Transporte Forestal (ER-GTF)”, que forman parte del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000009-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 9 de enero de 2023VISTOS: El Informe N° D000005-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG- OTI-EHM del Especialista de Desarrollo y Mantenimiento de Sistemas de la O fi cina de Tecnologías de la Información; el Informe N° D000002-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OTI de la O fi cina de Tecnologías de la Información; el Informe Técnico N° D000033-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OPR de la O fi cina de Planeamiento y Racionalización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° D000241-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico N° D000228-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorando N° D000923-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; así como y el Informe Legal N° D000008-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ. CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI; Que, el numeral 10 del artículo II del Título Preliminar de la LFFS, regula el principio de origen legal, el cual señala que es deber de las personas naturales o jurídicas que tengan en su poder o administren bienes, servicios, productos y subproductos del patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación, demostrar el origen legal de estos; Que, asimismo, el artículo 127 de la LFFS establece que el SERFOR desarrolla mecanismos transparentes para veri fi car el origen legal y la cadena de custodia de especies maderables, que incluyan los requerimientos para la supervisión del manejo y el mantenimiento de registros, con el fi n de rastrear de manera con fi able los especímenes desde la extracción hasta su transporte, procesamiento y exportación; Que, concordante con lo señalado, el artículo 169 del Reglamento para la Gestión Forestal (RGF) aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, contempla que la trazabilidad comprende mecanismos y procedimientos preestablecidos que permiten rastrear (históricamente) la ubicación y la trayectoria, desde el origen, de los productos forestales y productos derivados de los mismos, a lo largo de la cadena de producción forestal, utilizando para ello diversas herramientas; Que, al respecto, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 198-2017-SERFOR-DE se aprueban las “Disposiciones para el Control de Productos Forestales y el Registro de Guías de Transporte Forestal”, y se encarga a la Direcció n General de Polí tica y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre la implementación de dichas Disposiciones y a la O fi cina de Tecnologías de la Información coadyuvar en su implementación; Que, asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 171 del RGF y el artículo 106 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas aprobado por Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI, el SERFOR a través de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 264-2019-MINAGRI-SERFOR-DE y D000057-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE aprueba los formatos actualizados del “Libro de Operaciones de títulos habilitantes para aprovechamiento forestal” y las Instrucciones para su uso y registro de información, y del “Libro de operaciones de centros de transformación primaria de productos y sub productos forestales maderables”, y las Instrucciones para su uso y registro de información, respectivamente; Que, así también, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000135-2020-MIDAGRI-SERFOR-DE se aprueba la versión actualizada del documento técnico denominado “Trazabilidad de los Recursos Forestales Maderables”, y se encarga a la Direcció n General de Polí tica y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, que en coordinación con las demás unidades orgánicas vinculadas, implemente y desarrolle el referido documento técnico; Que, bajo ese marco, la Direcció n General de Polí tica y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, mediante el documento del Vistos, mani fi esta su conformidad al Informe Técnico Nº D000228-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR elaborado por la Dirección de Política y Regulación, en coordinación con la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de la Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, el cual sustenta la formulación de la propuesta de Resolución de Dirección Ejecutiva que o fi cializa los aplicativos denominados “Libro de Operaciones Electrónico de los Títulos Habilitantes para el aprovechamiento forestal maderable (LOE-TH)”, “Libro de Operaciones Electrónico de Centros de Trasformación Primaria de productos y subproductos forestales maderables (LOE-CTP)” y “Emisión y Registro de Guías de Transporte Forestal (ER- GTF)”; en tanto se tratan de instrumentos y herramientas que permiten asegurar la trazabilidad de la madera a lo largo de la cadena productiva; Que, considerando la naturaleza de la acotada propuesta normativa, se cuenta con la opinión favorable de la OTI y de la OGPP, vertida a través del Informe N° D000005-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OTI-EHM y del Informe Técnico N° D000033-2022-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGPP-OPR, respectivamente; en el marco de sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, y su modi fi catoria; Que, por su parte, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal N° D000008-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ y bajo el sustento técnico contenido en el Informe Técnico Nº D000228-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, concluye que la propuesta de Resolución de Dirección Ejecutiva que o fi cializa los aplicativos denominados “Libro de Operaciones Electrónico de los Títulos Habilitantes para el aprovechamiento forestal maderable (LOE-TH)”, “Libro de Operaciones Electrónico de Centros de Trasformación Primaria de productos y subproductos forestales maderables (LOE-CTP)” y “Emisión y Registro de Guías de Transporte Forestal (ER-GTF)”, ha sido elaborada en el marco de la función del SERFOR referida a emitir normas de aplicación nacional relacionadas a la gestión y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; por lo que,