Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2023 (14/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Sábado 14 de enero de 2023 El Peruano / VISTO, el Expediente Nro. 372417, presentado por Don JUAN CARLOS GOMEZ CUBA, egresado de la entonces Escuela Profesional de Agronomía Tropical de la Facultad de Ciencias Agrarias, con Código Universitario Nro. 991749, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Agrónomo Tropical, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nro. 28626 y la modi fi catoria del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país, aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; norma concordante con el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015 y modi fi cado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016 y Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2017-SUNEDU/CD de fecha 16 de marzo de 2017; Que, el otorgamiento de Duplicado de Diploma de Grados y Títulos Profesionales emitidos por la Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco, está regulado por la Directiva aprobada por Resolución Nro. CU-224-2006-UNSAAC, de 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017; Que, el administrado mediante expediente del Visto, solicita emisión de duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Agrónomo Tropical, por la causal de perdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos exigidos en la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Grados y títulos Profesionales emitidos por la UNSAAC; Que, mediante Informe Nro. 086-2022-GT-UNSAAC, el Equipo de Grados y Títulos de Secretaría General, hace de conocimiento que, de acuerdo a la Base de Datos y el Libro de Registros del Equipo de Grados y Títulos de la UNSAAC, Don JUAN CARLOS GOMEZ CUBA ha optado el Título Profesional de Ingeniero Agrónomo Tropical, según consta de la Resolución Nro. CU-0033-2018-GT/UNSAAC de fecha 11 de enero de 2018, inscrito en el Libro Nº 14, Folio Nº 2395, Diploma Nº 0033; Que, al respecto, con O fi cio Nº D-705-2022-FCA- UNSAAC, el Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias de la UNSAAC informa que, realizada la búsqueda, se han encontrado documentos que dan fe que el administrado, ha optado el Título Profesional de Ingeniero Agrónomo Tropical, aprobándose su expediente mediante Resolución Nº D-1556-2016-FCA de fecha 18 de octubre de 2016; Que, la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento del referido expediente y ha dispuesto la emisión de la Resolución correspondiente, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario de la Institución; Estando a lo solicitado, O fi cio Nº D-705-2022-FCA- UNSAAC, Informe Nº 086-2022-GT-UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE:Primero.- AUTORIZAR a la Secretaría General de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA de Título Profesional de Ingeniero Agrónomo Tropical, a favor de Don JUAN CARLOS GOMEZ CUBA, egresado de la entonces Escuela Profesional de Agronomía Tropical de la Facultad de Ciencias Agrarias, de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, por motivo de pérdida y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Segundo.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU.Tercero.- DISPONER que la O fi cina de Trámite Documentario de la UNSAAC, noti fi que bajo cargo la presente Resolución a Don JUAN CARLOS GOMEZ CUBA. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Secretaría General deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector 2143205-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran concluido el proceso de Elecciones Regionales 2022 y Segunda Elección Regional 2022 y a los ciudadanos electos como gobernadores y vicegobernadores regionales para el periodo 2023-2026 RESOLUCIÓN Nº 0005-2023-JNE Lima, trece de enero de dos mil veintitrésVISTO: el Informe Nº 000001-2023-SG/JNE, presentado por la secretaria general (e) del Jurado Nacional de Elecciones, el 12 de enero de 2023, con el cual informa que las actividades referidas a las elecciones regionales del 2 de octubre de 2022 y a la segunda elección regional del 4 de diciembre de 2022 han concluido; y CONSIDERANDO QUE:1. Mediante el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, el 4 de enero de 2022, el Presidente de la República convocó a Elecciones Regionales 2022 de gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, para el domingo 2 de octubre de 2022. El referido decreto supremo convocó también a elecciones municipales, que se llevaron a cabo en la misma fecha. 2. A través de la Resolución Nº 0009-2022-JNE, del 11 de enero de 2022, se de fi nieron las 93 circunscripciones administrativas y de justicia electoral para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022, así como igual número de Jurados Electorales Especiales (JEE) con competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes. 3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), los JEE tuvieron, entre otras funciones, las de recibir, cali fi car e inscribir las listas de candidatos presentadas por las organizaciones políticas, resolver en primera instancia las tachas contra las candidaturas, así como las actas observadas y los pedidos de nulidad de elecciones, proclamar los resultados de las elecciones regionales y emitir las credenciales a los candidatos electos. 4. Llevado a cabo el acto de sufragio de las Elecciones Regionales 2022, el 2 de octubre de 2022, los 93 JEE cumplieron con proclamar los resultados correspondientes a la votación emitida dentro del ámbito de su respectiva competencia territorial, sobre la base del cómputo realizado por las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE). Así, los JEE de Callao, Chiclayo, Tambopata, Mariscal Nieto, Tacna y Tumbes realizaron directamente la proclamación general de