TEXTO PAGINA: 82
82 NORMAS LEGALES Sábado 14 de enero de 2023 El Peruano / conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros. Artículo Séptimo .- Disponer que la designación señalada en el artículo quinto, tenga vigencia a partir de la fecha de su toma de posesión y hasta el 31 de marzo de 2023, de conformidad con lo dispuesto por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 183-2022-MP-FN-JFS, de fecha 16 de diciembre de 2022 y en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Octavo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Cajamarca, Huánuco y Lima Centro, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, de fecha 26 de diciembre de 2016, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2143142-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 105-2023-MP-FN Lima, 13 de enero de 2023 VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nros. 016 y 143-2023-MP-FN- PJFSLIMANOROESTE, remitidos por el abogado Jorge Veiga Reyes, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, mediante los cuales elevan la carta de renuncia, así como emitiendo conformidad de la misma; de la abogada Katherine Pilar Rocha Arias, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y a su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puente Piedra, presentada el 03 de enero del presente año, en el Despacho Fiscal antes mencionado, por motivos estrictamente personales, con efectividad al 02 de febrero de 2023, respectivamente; la misma que ha sido comunicada a la O fi cina General de Potencial Humano, vía correo electrónico, en virtud de que se trata de un personal administrativo con reserva de su plaza de origen. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N.° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Katherine Pilar Rocha Arias, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puente Piedra, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.° 462-2020-MP-FN, de fecha 02 de marzo de 2020; con efectividad al 02 de febrero de 2023. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2143145-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 106-2023-MP-FN Lima, 13 de enero de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 099-2023-MP-FN-CN-FEVCMYGF, remitido por la abogada Irma Hilda Díaz Livaque, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, mediante el cual eleva la carta de renuncia, así como la conformidad de la misma; del abogado Walter Eduardo Racchumi Piscoya, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte y a su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condevilla, presentada el 06 de diciembre de 2022, por la carpeta electrónica administrativa, dirigido a la Coordinación antes mencionada; por motivos estrictamente personales y familiares, informando que su último día de labores será el 01 de enero de 2023. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Walter Eduardo Racchumi Piscoya, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condevilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1515-2021-MP-FN, de fecha 17 de noviembre de 2021; con efectividad al 02 de enero de 2023. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2143147-1