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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2023 (14/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Sábado 14 de enero de 2023 El Peruano / por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que hasta el 20 de enero de 2023, las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces, juezas y personal jurisdiccional y administrativo de las sedes judiciales de Tambopata, Laberinto, Mazuko y Huepetuhe, Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, se realice en la modalidad de trabajo remoto, el cual se efectivizará en el horario de ocho horas diarias, conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 408-2020-CE-PJ. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, Ministerio Público, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2143158-3 Disponen que hasta el 20 de enero de 2023, las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces, juezas y personal jurisdiccional y administrativo de las sedes judiciales de Abancay, Andahuaylas y Chincheros, Corte Superior de Justicia de Apurímac, se realicen en la modalidad de trabajo remoto Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000017-2023-CE-PJ Lima, 13 de enero del 2023VISTO:El Ofi cio N° 000028-2023-P-CSJAO-PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurímac. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Presidencia Corte Superior de Justicia de Apurímac mediante O fi cio N° 00028-2023-P-CSJAO- PJ pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno las protestas que se están produciendo en la Región Apurímac, señalando que se afectado con daños materiales la infraestructura del Módulo Básico de Justicia de Andahuaylas y el Módulo Penal (Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Andahuaylas y Chincheros; y demás órganos jurisdiccionales en materia penal). En tal sentido, señala que a través de la Resolución Administrativa N° 000015-2023-P-CSJAP-PJ, se ha dispuesto el trabajo remoto en las sedes judiciales de Abancay, Andahuaylas y Chincheros; solicitando que se rati fi que dicha disposición. Segundo. Que, estando a lo expuesto, y con el fi n de no afectar a los usuarios/as del servicio de justicia; así como proteger los derechos fundamentales a la vida, integridad y salud de usuarios/as, abogados/as, jueces/zas, personal jurisdiccional y administrativo; este Órgano de Gobierno considera pertinente establecer el trabajo remoto hasta el 20 de enero del año en curso; emitiéndose el acto de administración correspondiente. Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 023- 2023 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 11 de enero de 2023, realizada con la participación de la señora y señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que hasta el 20 de enero de 2023, las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces, juezas y personal jurisdiccional y administrativo de las sedes judiciales de Abancay, Andahuaylas y Chincheros, Corte Superior de Justicia de Apurímac, se realicen en la modalidad de trabajo remoto, el cual se efectivizará en el horario de ocho horas diarias, conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 408-2020-CE-PJ. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, Ministerio Público, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2143158-4 Dejan sin efecto las Resoluciones Administrativas Nros. 000466-2022-CE-PJ y 000472-2022-CE-PJ, emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000018-2023-CE-PJ Lima, 13 de enero del 2023 VISTAS:Las Resoluciones Administrativas Nros. 000466-2022-CE-PJ y 000472-2022-CE-PJ, emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000289-2022-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la propuesta para la descarga procesal remitida por la Gerencia General del Poder Judicial, que comprende los requerimientos presentados por las Presidentas y Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y el Programa Presupuestal N° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, conforme al anexo adjunto que forma parte de la aludida resolución. Asimismo, señaló que el periodo de vigencia del plan de descarga procesal será de cuatro meses, desde el 1 de setiembre hasta el 31 de diciembre de 2022. Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 000466-2022-CE-PJ, se dispuso la prórroga de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) de las