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79 NORMAS LEGALES Sábado 14 de enero de 2023 El Peruano / Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Johny Marino Díaz Sosa, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cañete y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada de Prevención del Delito de Cañete, materia de las Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1236-2020-MP-FN, de fecha 06 de noviembre de 2020. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Estefany Pérez Angulo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Cajamarca, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1750-2021-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2021. Artículo Tercero.- Designar al abogado Johny Marino Díaz Sosa, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado en Prevención del Delito de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Cajamarca. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Cajamarca y Cañete, Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2143133-1 Nombran fiscal adjunta provincial designándola en la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 101-2023-MP-FN Lima, 13 de enero de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO:Que, con o fi cios Nros. 4973 y 5018-2022-MP-FN- CN-FEVCMYGF, cursados por la abogada Irma Hilda Díaz Livaque, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, se eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal.Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de marzo de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Liliana Vanessa Tolentino Penadillo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de marzo de 2023, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2143134-1 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huaura, designándola en la Fiscalía Provincial Mixta de Cajatambo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 102-2023-MP-FN Lima, 13 de enero de 2023