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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2023 (09/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Domingo 9 de julio de 2023 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza Nº 2556.- Aprueban rectificación la zonificación de una parte del Plano de Zonificación del distrito de Lurín aprobado mediante Ordenanza Nº 2389- MML 51 Ordenanza Nº 2557.- Aprueban rectificación en el Plano de Zonificación del distrito de La Molina aprobado mediante la Ordenanza Nº 1144 52D.A. Nº 012.- Aprueban el Manual de Operaciones (MOP) del Sistema Metropolitano de la Solidaridad – SISOL 52 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA Ordenanza Nº 015-2022-CPP .- Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Paita 53 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Nueva Zelanda y Australia, y encargan su Despacho al Ministro de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 101-2023-PCM Lima, 8 de julio de 2023CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es la Entidad competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; tiene la responsabilidad en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; asimismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible; el titular del Sector es quien dirige las negociaciones comerciales internacionales del Estado, y está facultado para suscribir convenios en el marco de su competencia; Que, el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpací fi co (CPTPP, por sus siglas en inglés), fi rmado el 8 de marzo de 2018, entró en vigor el 30 de diciembre de 2018 para México, Japón, Singapur, Nueva Zelanda, Canadá y Australia. Posteriormente, el CPTPP entró en vigor para el Perú el 19 de setiembre de 2021; Que, en la ciudad de Auckland, Nueva Zelanda, del 15 al 16 de julio de 2023, se llevará a cabo la Sétima Reunión de la Comisión del CPTPP, órgano administrativo de mayor rango, compuesto por los ministros de comercio de las Partes del CPTPP o altos funcionarios en su representación; durante el año 2023 la presidencia y manejo administrativo del CPTPP se encuentra a cargo de Nueva Zelanda; Que, al respecto, el Ministro de Comercio y Crecimiento de las Exportaciones de Nueva Zelanda, ha invitado al Ministro de Comercio Exterior y Turismo del Perú a participar en la referida reunión, donde se abordarán temas tales como: la fi rma del Protocolo de Adhesión del Reino Unido al CPTPP; las implicancias políticas y comerciales ante el posible inicio de adhesiones al CPTPP de China, Ecuador, Uruguay, entre otros; la revisión general del Tratado con la actualización del contenido del CPTPP, principalmente en los capítulos sobre Comercio Electrónico y Medio Ambiente; Que, es importante la participación del titular del Sector Comercio Exterior y Turismo en la referida Reunión de la Comisión, a fi n de proponer y defender los temas de interés del Perú en las discusiones sobre la implementación y eventual actualización del Tratado;Que, por otro lado, la O fi cina Comercial del Perú en Sidney y la Embajada del Perú en Australia han organizado en la ciudad de Canberra, Mancomunidad de Australia, el 17 de julio de 2023, una reunión o fi cial del Ministro de Comercio Exterior y Turismo con autoridades del Gobierno de Australia, a fi n de dar impulso a las importaciones de productos peruanos en dicho país; y en la ciudad de Brisbane, Mancomunidad de Australia, el 18 de julio del presente año, una reunión con proveedores mineros, para impulsar la participación de los inversionistas mineros australianos en el próximo Congreso Mundial de Minería (World Mining Congress) cuya sede y organización estará a cargo del Perú en el año 2026; Que, por tanto resulta de interés nacional la participación del señor Juan Carlos Mathews Salazar, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, en la Sétima Reunión de la Comisión del CPTPP y en las reuniones de promoción antes mencionadas, para garantizar la promoción de las importaciones y defensa de los intereses del Perú; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone entre otros, que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, resulta necesario encargar el Despacho de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Auckland, Nueva Zelanda, y a las ciudades de Canberra y Brisbane, Mancomunidad de Australia, del 13 al 19 de julio de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución Suprema están a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término del citado evento, de acuerdo al siguiente detalle: