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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2023 (16/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Domingo 16 de julio de 2023 El Peruano / la aprobación de la Ordenanza Regional que aprueba la Política Ambiental Regional (PAR) de Tacna al 2030. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Política Ambiental Regional (PAR) de Tacna al 2030, la misma que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Tacna, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- DISPENSAR a la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, el anexo se difundirá en el portal electrónico de la institución, conforme al Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. En la ciudad de Tacna, al día treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. MANUEL ISAÍAS MORI MAMANI PresidenteConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 12 JUNIO 2023 LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO Gobernador Regional 2196209-2 Declaran en Proceso de Reestructuración Orgánica el Gobierno Regional de Tacna CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2023-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta y uno de mayo del dos mil veintitrés, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” y; en su artículo 192 señala: “Los gobiernos regionales (…). Son competentes para: 1. aprobar su organización interna y su presupuesto”.Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en sus artículos 13 y 16, preceptúan que: “El Consejo Regional. Es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional” y son sus Derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: “a. Proponer normas y acuerdos regionales. (…)”; asimismo, el artículo 38 señala que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (…)”. Que, mediante la Ley N° 27658, Ley de Marco de Modernización del Estado, en su artículo 1 establece: “1.1. Declárase al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano”. Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se aprueba la Política de Modernización de la Gestión Pública, en su artículo 2 señala: “La política Nacional de Modernización de la Gestión Pública es de aplicación a las Entidades de la Administración Pública, que se señalan a continuación: (…) 2. Los Gobiernos Regionales. (…)”. Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM se aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado” que en su artículo 3 respecto al ámbito de aplicación señala: “3.1 La presente norma es de aplicación, bajo el término genérico de entidad, a las siguientes: (…) f. Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas. (…)” Que, mediante Ordenanza Regional Nº 013-2019- CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 20 de diciembre de 2019 se dispone: “ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR el inicio del proceso de reestructuración de la sede del Gobierno Regional de Tacna, sus Unidades Operativas y Unidades Ejecutoras”. Que, con la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM/SGP, de fecha 14 de setiembre de 2020, se aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen Orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones –ROF y el Manual de Operaciones – MOP. Que, mediante O fi cio Nº 303-2023-GRAJ-GGR-GR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 18 de abril de 2023, emitido por Gobernación Regional solicita al Consejo Regional la aprobación de la Propuesta de Reestructuración Orgánica del Gobierno Regional de Tacna, para lo cual se adjunta la documentación sustentatoria de su pedido. Que, con el O fi cio N° 000274-2023-SERVIR-GDSRH de fecha 23 de enero de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR); el O fi cio N° D000392-2023-PCM-SGP, de fecha 10 de febrero del 2023, emitido por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, que remite con el Informe N° D000065-2023-PCM-SSAP, de fecha 09 de febrero de 2023, emitido por la Secretaría de Gestión Pública; el Informe N° 0058-2023-GRPPAT-SGMI/GB.REG.TACNA, de fecha 30 de marzo de 2023, emitido por la Sub Gerencia de Modernización Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial (GRPPAT); el Informe Técnico de Propuesta de Reestructuración Orgánica del Gobierno Regional de Tacna, sin fecha, elaborado por la Sub Gerencia de Modernización Institucional de la GRPPAT; la Opinión Legal Nº 498-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 12 de abril de 2023, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el O fi cio Nº 053-2023-COPPyAT-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de mayo de 2023, emitido por Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el O fi cio Nº 279-2023-GGR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 11 de mayo 2023, emitido por el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Tacna que remite el o fi cio Nº 1480-2023-SGMI-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA de fecha 09 de marzo de 2023, con el Informe Nº 0075-2023-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA de fecha 09 de marzo de 2023; el Informe del Asesor de Comisión Nº 007-2023-JJCH-COPPyAT-CR/GOB. REG. TACNA, de fecha 11 de mayo de 2023; y, demás