TEXTO PAGINA: 50
50 NORMAS LEGALES Domingo 16 de julio de 2023 El Peruano / documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el DICTAMEN N° 010-2023-COPPyAT-CR, DE FECHA 11 DE MAYO 2023, SOBRE PROPUESTA NORMATIVA DECLARAR EN PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN ORGÁNICA EL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional en Sesión Ordinaria de fecha 31 de mayo de 2023. Que, considerando las normas antes indicadas, los informes técnicos y legal favorables; así como el informe del asesor de presidencia de comisión y el sustento consignado en el respectivo dictamen, resulta procedente la aprobación de la Ordenanza Regional sobre declarar en proceso de reestructuración orgánica el Gobierno Regional de Tacna. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR en Proceso de Reestructuración Orgánica el Gobierno Regional de Tacna. Artículo Segundo.- DISPONER al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna realice todas las acciones antes detalladas en el marco de respeto de los derechos constitucionales y laborales conforme a ley. Artículo Tercero.- DISPONER que las dependencias encargadas en la comisión que conformará el ejecutivo del Gobierno Regional de Tacna, establezcan un Plan de Acción que permitan realizar las actividades, acciones, productos y su respectivo cronograma de plazos, para medir los avances y logros de la restructuración orgánica. Artículo Cuarto.- CONCEDER a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, un plazo de ciento veinte (120) días para el proceso de reestructuración dispuesto en el artículo primero de la presente ordenanza, al término del cual se deberá presentar los resultados de dicho proceso al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna. Artículo Quinto.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 013-2019-CR/GOB.REG.TACNA publicada en el diario ofi cial “El Peruano” con fecha 20 de diciembre de 2019 y todas las normas que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Séptimo.- DISPENSAR a la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Octavo.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico de la Institución en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que la publicación sea efectuada por Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. En la ciudad de Tacna, al día treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés. MANUEL ISAÍAS MORI MAMANI PresidenteConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 12 de junio de 2023 LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO Gobernador Regional 2196209-3 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Disponen el embanderamiento de viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2023-MDC Cieneguilla, 13 de julio de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305 en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo que esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas (…) y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el 28 de julio de 2023 se conmemora los 202º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú y siendo deber del gobierno local destacar los acontecimientos cívicos de la patria, incentivando la participación de los vecinos, así como a fi rmando el respeto a los símbolos patrios; Que, esta gestión municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política de gobierno local la de promover en la comunidad de Cieneguilla los valores cívicos-patrióticos; Que, estando próximo el Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, es necesario incentivar la participación cívica de los vecinos del distrito de Cieneguilla, fomentando la realización de actividades, como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito entre otras; Estando en los fundamentos expuestos y en el uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO de viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios, desde el día viernes 14 de julio hasta el lunes 31 de julio de 2023, en ocasión de conmemorarse el 28 de julio del presente año, el 202º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- EXHORTAR, a los vecinos del distrito de Cieneguilla para que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios para su mejor presentación y ornato general del distrito.