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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (05/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Lunes 5 de junio de 2023 El Peruano / la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Vladimir Videla Anaya en el cargo de con fi anza de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Jefe de la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2184021-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Directora de la Oficina de Compensaciones y Bienestar de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 285-2023-VIVIENDA Lima, 2 de junio de 2023 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Compensaciones y Bienestar de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Jennie Gisella Chávez Matías, en el cargo de Directora de la O fi cina de Compensaciones y Bienestar de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2184027-1ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Disponen la publicación para comentarios del proyecto normativo “Resolución de Consejo Directivo que aprueba el Procedimiento de fiscalización del reemplazo de tanques en instalaciones de Consumidores Directos de GLP y Redes de Distribución de GLP” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 097-2023-OS/CD Lima, 2 de junio de 2023VISTO:El Memorando N° GSE- 209-2023 mediante el cual la Gerencia de Supervisión de Energía, pone a consideración del Consejo Directivo el proyecto de resolución que dispone publicar el proyecto normativo “Resolución de Consejo Directivo que aprueba el Procedimiento de fi scalización del reemplazo de tanques en instalaciones de Consumidores Directos de GLP y Redes de Distribución de GLP”. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del artículo 3 de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y materia de su respectiva competencia, entre otros, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de carácter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, según lo dispuesto por el artículo 22 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de Osinergmin a través de resoluciones; Que, asimismo, según lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, Ley Nº 27699, el Consejo Directivo está facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que normen los procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la función supervisora; Que, el artículo 19 del Decreto Supremo N° 065-2008- EM estableció que los requisitos de seguridad para las instalaciones de Consumidores Directos de GLP y Redes de Distribución de GLP se regirán de acuerdo a la NTP 321.123; Que, mediante el artículo 6 del Decreto Supremo N° 019-2021-EM se modi fi có el artículo 19 del Decreto Supremo N° 065-2008-EM, referido a los “Requisitos de construcción, instalación y seguridad para Consumidores Directos de GLP y Redes de Distribución de GLP”, estableciendo en su inciso 19.12 que, en caso se realicen reemplazos de tanques de una instalación de Consumidor Directo de GLP o Red de Distribución de GLP, se debe realizar las pruebas de inspección al tanque conforme a lo indicado en la NTP 321.123. Para tal caso, Osinergmin establece el procedimiento de supervisión correspondiente, el cual debe considerar mecanismos técnicos alternativos que permitan veri fi car la seguridad de las instalaciones sin afectar la continuidad del suministro de GLP; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el citado Decreto Supremo N° 019-2021-EM, corresponde emitir un procedimiento especí fi co para la fi scalización del