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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (08/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Jueves 8 de junio de 2023 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Puerto Inca, Tournavista, Yuyapichis y Codo del Pozuzo de la provincia de Puerto Inca del departamento de Huánuco, en los distritos de Constitución, Puerto Bermúdez y Palcazú de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco y en el distrito de Sepahua de la provincia de Atalaya del departamento de Ucayali DECRETO SUPREMO N° 071-2023-PCM LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, el artículo 137 de la Carta Magna establece que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción señalados en dicho artículo, entre los cuales se encuentra el Estado de Emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio; Que, el artículo 166 de la Constitución Política del Perú dispone que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; así como, prevenir, investigar y combatir la delincuencia; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que este ejerce competencia exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público y competencia compartida, en materia de seguridad ciudadana;Que, conforme al artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, la Policía Nacional del Perú ejerce competencia funcional y exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público; y competencia compartida en materia de seguridad ciudadana. En el marco de las mismas, presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantiza el cumplimiento de las leyes, la seguridad del patrimonio público y privado; previene, investiga y combate la delincuencia y el crimen organizado; vigila y controla las fronteras; Que, mediante Decreto Supremo N° 188-2020-PCM, publicado en el Diario O ficial El Peruano el 6 de diciembre de 2020, se declara por el término de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia en los distritos de Puerto Inca, Tournavista, Yuyapichis, Codo del Pozuzo y Honoria de la provincia de Puerto Inca del departamento de Huánuco, y en los distritos de Constitución, Palcazú y Puerto Bermúdez de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco, disponiéndose que la Policía Nacional del Perú mantenga el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, el mismo que fue prorrogado por el Decreto Supremo N° 013-2021-PCM, por el término de sesenta días calendario, a partir del 5 de febrero de 2021; Que, a través del Decreto Supremo N° 062-2021- PCM, publicado en el Diario O ficial El Peruano el 2 de abril de 2021, se prorrogó por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 6 de abril de 2021, el Estado de Emergencia a que hace referencia el considerando precedente; y se declaró por el mismo término de días, a partir del 6 de abril de 2021, el Estado de Emergencia en los distritos de Raimondi, Sepahua y Tahuanía de la provincia de Atalaya del departamento de Ucayali, disponiéndose que la Policía Nacional del Perú mantenga el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas; Que, posteriormente, mediante Decretos Supremos N° 109-2021-PCM, N° 133-2021-PCM, N° 153-2021-PCM, N° 171-2021-PCM, N° 004-2022-PCM, N° 021-2022-PCM, N° 052-2022-PCM, N° 085-2022-PCM, N° 113-2022-PCM, N° 134-2022-PCM y N° 020-2023-PCM, se prorrogaron los Estados de Emergencias antes señalados, no considerándose en las dos últimas prórrogas al distrito de Palcazú de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco; Que, a través del Decreto Supremo N° 048-2023- PCM, publicado en el Diario O ficial El Peruano el 9 de abril de 2023, se prorroga por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 11 de abril de 2023, el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Puerto Inca, Tournavista, Yuyapichis y Codo del Pozuzo de la provincia de Puerto Inca del departamento de Huánuco, en los distritos de Constitución y Puerto Bermúdez de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco, y en el distrito de Sepahua de la provincia de Atalaya del departamento de Ucayali; y se declaró por el mismo término de días, el Estado de Emergencia en el distrito de Palcazú de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco; Que, con O ficio N° 524-2023-CG PNP/SEC (Reservado), la Policía Nacional del Perú solicita al GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Ordenanza Nº 006-2023-MDB/AL.- Ordenanza Municipal que aprueba la Constitución de la Mancomunidad Municipal del Callao 89MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES R.A. Nº 063-2023-MDM.- Ratifican designación de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Majes 91 R.A. Nº 082-2023-MDM.- Ratifican designación de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Majes 91