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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (08/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Jueves 8 de junio de 2023 El Peruano / Por su parte el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público ha dispuesto que son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de pliegos o de entidades que no constituyen pliego presupuestario, es así como las trasferencias fi nancieras que se puedan efectuar durante la ejecución, se autorizan y se regulan en las leyes anuales del presupuesto del Sector Público. Que, de acuerdo con los “Lineamientos sobre modi fi caciones presupuestales para la ejecución del gasto en inversiones y en proyectos de las entidades públicas con cargo al presupuesto del sector público para el año fi scal 2023” de la Directiva Nº 005-2022- EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria, así como sus anexos, modelos, fi cha y otras disposiciones” en el ítem 7 se dispone lo siguiente: 7.1. Las entidades que realicen modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, autorizadas en el marco de la normativa vigente, con la fi nalidad de efectuar transferencias fi nancieras y de partidas, deberán habilitar la genérica “Donaciones y Transferencias” de Gasto de Capital, siempre que las mencionadas transferencias estén destinadas para fi nanciar inversiones. Asimismo, para el caso de transferencias fi nancieras se puede usar la genérica “Otros Gastos”, de corresponder. 7.2. En el caso de modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para habilitar actividades de transferencias fi nancieras, la O fi cina de Presupuesto de la entidad deberá ́ cumplir y/o veri fi car lo siguiente: a) Registrar la información sobre los convenios y adendas que sustente la transferencia fi nanciera en el Módulo de información de convenios, siempre que la normativa vigente incluya como requisito la suscripción de un convenio previamente. El registro deberá ́ de ser efectuado antes del envío de la solicitud según lo expuesto en el numeral 14 de los presentes Lineamientos, b) Indicar el monto de la transferencia, las inversiones o proyectos a fi nanciar y la entidad que recibirá ́ los recursos, c) Para los casos en que la transferencia se efectúa para habilitar la misma inversión que es materia de anulación, el monto máximo a ser anulado por inversión será ́ igual a la programación de ejecución fi nanciera registrada en el Formato No 12-B, d) Veri fi car la emisión de Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo Municipal que autoriza la transferencia fi nanciera, según corresponda, en el caso de transferencias entre gobiernos subnacionales y de estos al Gobierno Nacional, e) Remitir el informe de opinión favorable emitida por la OPMI o la O fi cina de Presupuesto de la entidad, conforme a lo señalado en el inciso 5.1 del numeral 5 de los presentes Lineamientos, de corresponder, f) En todos los casos, la OPMI deberá ́ verifi car que la Unidad Ejecutora de Inversiones a la cual se transferirá ́ los recursos cuente con las competencias correspondientes para su ejecución. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 063-2023-MDP-A, de fecha 14 de febrero de 2023, resuelve aprobar la actualización del Expediente Técnico del Proyecto de Inversión denominado “Mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular y peatonal en la ciudad de Pacaipamapa – provincia de Ayabaca – departamento de Piura”, con CUI N° 2487221, con un presupuesto de S/. 12´698,671.12 (Doce Millones Seiscientos Noventa y ocho Mil Seiscientos setenta y uno con 12/100 soles), unidad ejecutora Municipalidad Distrital de Pacaipampa, el cual será ejecutado bajo la modalidad presupuestaria de administración indirecta (Contrata) a suma alzada, con un plazo de ejecución de 240 días calendarios; Que, mediante Acuerdo de Consejo N° 01-2023-MDP- CM, de fecha 23 de marzo de 2023, se acuerda AUTORIZAR, al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 9º numeral 26, artículo 20º numeral 3 y 23, de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades a suscribir el Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Piura y la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, para la Transferencia de Recursos Financieros para la ejecución del proyecto de Inversión Pública denominado: “Mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular y peatonal en la ciudad de Pacaipamapa – provincia de Ayabaca – departamento de Piura”, con CUI N° 2487221, con un presupuesto de S/ 12´698,671.12 (Doce Millones Seiscientos Noventa y ocho Mil Seiscientos setenta y uno con 12/100 soles); Que, mediante O fi cio N° 28-2023/GM/MDP, emitido por el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, quien solicita el Financiamiento y Transferencia Económica por parte del Gobierno Regional Piura, para la Ejecución del Proyecto de Inversión Publica denominado: “Mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular y peatonal en la ciudad de Pacaipamapa – provincia de Ayabaca – departamento de Piura”, con CUI N° 2487221, con un presupuesto de S/. 12´698,671.12 (Doce Millones Seiscientos Noventa y ocho Mil Seiscientos setenta y uno con 12/100 soles), así mismo se adjuntan los siguientes documentos: a) Resolución de Alcaldía N° 063-2023-MDP-A, de fecha 14 de febrero de 2023, mediante la cual se resuelve aprobar la actualización del expediente técnico. b) Acuerdo de Consejo N° 01-2023-MDP-CM, de fecha 23 de marzo de 2023; Que, con Informe Nº 038-2023/GRP-410000 e Informe N° 034-2022/GRP-410000, de fecha 24 y 20 de marzo de 2023, se emite Opinión Técnica respecto a la propuesta de modi fi cación presupuestaria Transferencia Financiera a Gobiernos Locales, concluyendo que, en virtud de la normativa vigente y la disponibilidad de los recursos presupuestales, otorgo la “Conformidad Presupuestal” de la transferencia fi nanciera de parte del Gobierno Regional de Piura a favor de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, por el monto que corresponde para la ejecución física del proyecto (obra + supervisión) por el monto total de S/. 12´659,132.00 (Doce Millones Seiscientos Cincuenta y nueve Mil Ciento treinta y dos con 00/100 soles), con cargo de la fuente de fi nanciamiento: recursos determinados – 15 Foncor; para la cual, preciso que S/ 12´698,672.00 es el costo total del PIP, y los S/ 39,540.00 es el costo por elaboración del Expediente Técnico que lo cubre la Unidad Ejecutora, en el marco de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023 y Directiva N° 005-2022-EF/50.01, conforme al siguiente detalle: C. U. I Proyecto Costo total del proyectoCosto por elaboración del expediente técnico (lo cubre la UE)Monto a trasferir por el GORE Piura 2487221“MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA CIUDAD DE PACAIPAMPA, DISTRITO DE PACAIPAMPA – PROVINCIA DE AYABACA – DEPARTAMENTO PIURA”S/ 12´698,672.00 S/ 39,540.00 S/ 12´659,132.00 Que, mediante Informe N° 74-2023/GRP-410110, de fecha 21 de marzo de 2023, el Jefe de la O fi cina de Programación Multianual, Sr. Alan Enrique Mendoza Sandoval, brinda “opinión favorable” a la modi fi cación presupuestal a fi n de que la Sub Gerencia de Presupuesto, Crédito Tributación consolide y veri fi que el cumplimiento de los ítems de su competencia; asimismo alcanza el Informe Técnico N° 20-2023/LAAA, de fecha 21 de marzo de 2023, emitido por el Ing. Civil Luis Alberto Alcala Adrianzen, con registro C.I.P N° 645111 quien indica lo siguiente: ha podido veri fi car en el sistema de seguimiento de inversiones (SSI) del MEF la inversión “Mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular y peatonal en la ciudad de Pacaipamapa – provincia de Ayabaca – departamento de Piura”, con CUI N° 2487221, se encuentra viable, registra un costo