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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (27/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Martes 27 de junio de 2023 El Peruano / Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar los viajes solicitados, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de PROINVERSIÓN; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Emerson Junior Castro Hidalgo, Director de la Dirección de Portafolio de Proyectos, y de la señora Maika Eliana Fernández Velarde, asesora de la Dirección Ejecutiva, ambos de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a la Ciudad de Panamá, República de Panamá, del 17 al 21 de julio de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo con el siguiente detalle: Señor Emerson Junior Castro HidalgoPasajes aéreos : US$ 633,00 Viáticos (3+1) : US$ 1 260,00 Señora Maika Eliana Fernández VelardePasajes aéreos : US$ 633,00 Viáticos (3+1) : US$ 1 260,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, los citados comisionados deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; y, asimismo, en el indicado plazo deberán realizar la rendición de cuentas respectiva. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los comisionados cuyos viajes se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2190727-1 Aprueban modificación al “Instructivo para el Registro, Cierre y Presentación del Plan de Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2023-EF/51.01 Lima, 26 de junio de 2023 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los incisos 1, 2 y 5 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2022-EF, la Dirección General de Contabilidad Pública ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Contabilidad, y tiene como funciones, entre otras, la de emitir normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público, así como elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, procesando las rendiciones de cuenta remitidas por las entidades del Sector Público, de acuerdo a estándares internacionales vigentes; Que, mediante Resolución Directoral N° 010-2021- EF/51.01, se aprobó las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB, por sus siglas en inglés), en el marco de lo dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1438, estableciendo que la implementación de dicha normativa contable internacional se realice en forma gradual y conforme a las disposiciones que emita la Dirección General de Contabilidad Pública; Que, mediante Resolución Directoral N° 011-2021- EF/51.01, se aprobó la Directiva N° 003-2021-EF/51.01 “Lineamientos Administrativos para la Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos”, con el objeto de establecer lineamientos administrativos para la depuración y sinceramiento para la preparación e inicio del proceso de adopción plena de las NICSP; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 014-2021-EF/51.01, se aprueba el “Instructivo para el Registro, Cierre y Presentación del Plan de Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que Administren Recursos Públicos”, modi fi cado por la Resolución Directoral Nº 008-2022-EF/51.01, cuyo numeral 3.5 dispuso que la programación y la ejecución del Plan de Depuración y Sinceramiento (PDS) no debe exceder del 30 de junio de 2023; Que, como resultado de las actividades de seguimiento al proceso de depuración y sinceramiento contable realizadas por las direcciones competentes de la Dirección General de Contabilidad Pública, se recomienda ampliar el proceso, brindando mayor plazo a las entidades para concluir con las actividades del mismo, concordante con los informes presentados por la Dirección de Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales y la Dirección de Gobiernos Locales sobre el monitoreo y seguimiento a dicho proceso, al 31 de diciembre de 2022; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la ampliación del período que comprende la programación y la ejecución del Plan de Depuración y Sinceramiento (PDS) hasta el 31 de diciembre de 2023 e incorporar dos entregables, modi fi cando los numerales 3.5 y 6.2.2. del “Instructivo para el Registro, Cierre y Presentación del Plan de Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que Administren Recursos Públicos” a fi n de contribuir en los resultados del avance del proceso de depuración y sinceramiento contable, los mismos que han sido consensuados con las direcciones competentes de la Dirección General de Contabilidad Pública; De conformidad con lo establecido en los incisos 1, 2 y 5 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 057-2022-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Modifícase los numerales 3.5 y 6.2.2. del “Instructivo para el Registro, Cierre y Presentación del Plan de Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas