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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (27/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Martes 27 de junio de 2023 El Peruano / precedentemente propone los formatos y contenido de la TUC y de la Credencial del conductor que serán emitidas por dicha Subdirección, a efectos de estandarizar y de dotar de mecanismos de seguridad a los referidos documentos, con los cuales se acreditará la habilitación de un vehículo y la habilitación de un conductor para la prestación del servicio de transporte especial en las modalidades de turístico, de trabajadores y de estudiantes, en virtud a procedimientos administrativos iniciados por los administrados; Que, conforme lo dispuesto en el literal s) del artículo 47° del ROF de la ATU, esta Dirección cuenta con facultades para emitir resoluciones en los asuntos de su competencia; por lo que, corresponde aprobar los formatos de la TUC y de la Credencial del conductor, los cuales se encuentran acordes al Reglamento y al Manual de Identidad Grá fi ca de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao 1; Contando con el visado de la Subdirección de Servicios de Transporte Especial y Servicios Complementarios; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30900, el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo N° 003-2019-MTC, la Resolución Ministerial 090-2019-MTC/01, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 239- 2020-ATU/PE y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 068-2022-ATU/PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el formato y contenido de la Tarjeta Única de Circulación (TUC) para los vehículos habilitados para la prestación del servicio público de transporte especial en las modalidades de turístico, de trabajadores y de estudiantes en Lima y Callao, conforme a lo establecido en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Aprobar el formato y contenido de la Credencial para los conductores habilitados para la prestación del servicio público de transporte especial en las modalidades de turístico, de trabajadores y de estudiantes en Lima y Callao, conforme a lo establecido en el Anexo II, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Establecer que las Tarjetas Únicas de Circulación y la Credenciales emitidas con los formatos aprobados mediante las Resoluciones Directorales N° 025-2020-ATU/DO y N° 049-2021-ATU/DO respectivamente, mantendrán su vigencia hasta la fecha de su vencimiento. Artículo 4°.- Encargar a la Subdirección de Servicios de Transporte Especial y Servicios Complementarios la realización de las coordinaciones respectivas con la Subdirección de Integración y Gestión Tecnológica de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo y con la Unidad de Tecnologías de la Información, para la implementación de los formatos en la Plataforma Virtual de Trámites de la ATU. Artículo 5°. - Poner en conocimiento de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo, y de la Unidad de Tecnologías de la Información, el contenido de la presente Resolución para los fi nes que estimen pertinente. Artículo 6°. - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ATU (https://www.gob.pe/atu). Regístrese y comuníquese,JESSYCA CHAVEZ CARBAJAL Directora (e) de la Direccion de Operaciones ANEXO I FORMATO Y CONTENIDO DE LA TARJETA ÚNICA DE CIRCULACIÓN 1. MEDIDA DE SEGURIDAD Con la fi nalidad de evitar la adulteración y/o falsifi cación de la Tarjeta Única de Circulación, esta contendrá la siguiente medida de seguridad:- Código QR que contendrá información de la habilitación vehicular, así como un código encriptado. 2. DISEÑO E INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA TARJETA ÚNICA DE CIRCULACIÓN PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL EN LAS MODALIDADES DE TURÍSTO, TRABAJADORES Y ESTUDIANTES I. INFORMACIÓN: a) En la parte superior central se ubicarán:- El texto: TUC / TARJETA ÚNICA DE CIRCULACIÓN con letra Museo Sans 900, color AZUL PANTONE 2945C y de tamaño 58 puntos y 19 puntos respectivamente - El texto de la modalidad de servicio correspondiente, con letra Museo Sans 900, color NEGRO y de tamaño 19 puntos. - Numeración correlativa con letra Museo Sans 900, color NEGRO y de tamaño 14 puntos. b) En la parte central se consignará los títulos de la información referida al operador en letra Museo Sans 500, tamaño de letra 10.5 puntos y bold color blanco sobre fondo azul, al siguiente título: Datos del Administrado. c) En la parte central se consignará en letra Museo Sans 900, color AZUL PANTONE 2945C y de tamaño 10.5 puntos, a los siguientes datos de los títulos: - Nombre y/o razón social de persona natural o jurídica autorizada. - Número de DOI/RUC de las personas natural o jurídica autorizada Resolución de autorización. - Número de Resolución de Autorización. - Fecha de inicio de la Resolución de Autorización - Fecha de caducidad de la Resolución de Autorización. d) En el lado izquierdo se consignará los títulos de la información referida al vehículo en letra Museo Sans 500, tamaño de letra 10.5 puntos y bold color blanco sobre fondo azul, al siguiente título: Datos de la Unidad Vehicular e) En el lado izquierdo se consignará en letra Museo Sans 900, color AZUL PANTONE 2945C y de tamaño 10.5 puntos, a los siguientes datos de los títulos: - N° placa de rodaje de vehículo - Año de Fabricación - Año Modelo- Combustible- Fecha de inicio de habilitación vehicular - Fecha de caducidad de la habilitación vehicular- Marca- Color- N° de Asientos- Peso vehicular f) En el lado derecho se consignará el CÓDIGO QR. g) En la parte inferior izquierda se consignará en letra Museo Sans 900, color negro y de tamaño 9.5 puntos, los siguientes datos: - Fecha de emisión h) En la parte inferior derecha se colocará la fi rma, nombre y cargo del funcionario competente. i) En la parte inferior central se ubicará: - Logo de la ATU 1 Aprobado mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 239-2020- ATU/PE