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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2023 (13/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Lunes 13 de marzo de 2023 El Peruano / de Alarmas, los cuales tienen equipamientos diferentes. En ese sentido, corresponde retirar la factura F001-959 como fuente de costo del suministro Registrador de Fallas; Que, en consecuencia, este extremo del recurso de reconsideración debe ser declarado fundado. 2.6. INCLUIR DOS (02) REGISTROS DE ADUANAS EN EL COSTO DE EMPALME UNIPOLAR PARA CABLE XLPE 500 MM2 2.6.1. SUSTENTO DEL PETITORIO Que, la recurrente indica, en el formato “I-404 de fuente de precios” del archivo VALORIZACIÓN MÓDULOS DE INVERSIÓN 2023.xlsm, en lo referente a determinar el costo promedio de Empalme unipolar cable XLPE 500 mm2 60 kV (código de partida “JE-XLPE-060-500”), Osinergmin ha incluido como fuente de costos la factura F521-7414, la cual corresponde a un suministro considerado en la actualización de costos del periodo anterior (costos 2021), es decir, señala que Osinergmin no ha encontrado importaciones de este suministro en los registros de Aduanas del año 2022; Que, de la revisión de Luz del Sur en Aduanas de la partida arancelaria 8535909000, que corresponde a Empalme para cable 60 kV XLPE de 500 mm2, la recurrente ha encontrado dos (02) registros y por ello indica que se han omitido dos registros de Aduanas correspondiente al suministro Empalme para cable 60 kV XLPE de 500 mm2; Que, en consecuencia, solicita incluir los dos (02) registros de Aduanas omitidos. 2.6.2. ANÁLISIS DE OSINERGMINQue, se ha revisado la partida arancelaria 8535909000, verifi cándose la importación de Empalme unipolar de cable XLPE en 60 kV de 500 mm2, correspondiente a importaciones de la empresa Tecsur S.A. Al respecto, los dos registros mencionados por la recurrente corresponden a Empalme unipolar de cable XLPE en 60 kV de 500 mm2, por lo que se incorpora a los costos de la Base de Datos de Módulos Estándares; Que, respecto a lo indicado por Luz del Sur de que la partida arancelaria 8535909000 corresponde a Empalme para cable 60 kV XLPE de 500 mm2, se debe indicar que dicha partida está contenida en la Sección “16”, Capítulo “84”, Sub partida “Los demás”, donde no se señala expresamente que se trate de equipos relacionados al suministro Empalme para cable 60 kV XLPE de 500 mm2. No obstante, a partir de la revisión, se agrega a la base de datos de fuentes de información del suministro en cuestión, para posteriores procesos de actualización de costos. Que, en consecuencia, este extremo del recurso de reconsideración debe ser declarado fundado. 2.7. CORREGIR EL COSTO DE ACERO CORRUGADO OBTENIDO DE LAS REVISTAS COSTOS Y CAPECO” 2.7.1. SUSTENTO DEL PETITORIO Que, indica la recurrente, el formato “I-404 de fuente de precios” del archivo VALORIZACIÓN MÓDULOS DE INVERSIÓN 2023.xlsm, constituye fuente para el cálculo del precio del “Acero corrugado construcción”, donde la información obtenida de la revista Costos de enero a noviembre 2022, se encuentran expresada en dólares y que, sin embargo, Osinergmin ha considerado valores en soles y los ha dividido entre el tipo de cambio, resultando valores entre 0,25 y 0,34 USD/kg; Que, añade con respecto a la información obtenida de la revista CAPECO de enero a noviembre 2022, que los precios considerados de la revista CAPECO de febrero 2022 y en adelante, no han sido adecuadamente determinados por error material en la formulación en las celdas P30:P37 de la hoja “I-404 (Fuente Mat.)” del archivo “I-404 (Fuente Precios Rec O.C. y Mont).xlsm”; Que, en consecuencia, solicita la revisión del procesamiento de la información para determinar el cálculo del recurso acero corrugado para la construcción “MT-ACERCORR”. 2.7.2. ANÁLISIS DE OSINERGMINQue, de acuerdo con el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, los errores materiales pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, siempre que no se altere el contenido, ni el sentido de la decisión; Que, ahora bien, respecto del error material alegado por la recurrente, sobre los costos de la revista Costos, se ha revisado el cálculo del costo promedio del acero corrugado construcción, encontrándose que los valores correspondientes a los meses de enero a noviembre del año 2022 estaban expresados en dólares, habiéndose aplicado por error material, el tipo de cambio a dólares, cuando esta aplicación solo se efectúa cuando el costo está expresado en soles. En ese sentido se procede a modi fi car la hoja “I-404 (Fuente Mat.)” del archivo “I-404 (Fuente Precios Rec O.C. y Mont).xlsm” aplicando el tipo de cambio solo a los costos expresados en soles; Que, respecto al cálculo de los costos de la revista Capeco, se han revisado los valores correspondientes a los meses de enero a setiembre 2022, encontrándose un error material en la formulación en las celdas P30:P37 de la hoja “I-404 (Fuente Mat.)”. En ese sentido, se modi fi ca la hoja “I-404 (Fuente Mat.)” del archivo “I-404 (Fuente Precios Rec O.C. y Mont).xlsm”, actualizándose los registros de costos de enero a diciembre del año 2022. Se debe mencionar que los costos unitarios, mes a mes, del acero corrugado según revista Capeco, di fi eren de lo expresado por Luz del Sur; Que, en consecuencia, este extremo del recurso de reconsideración, debe ser declarado fundado en parte, aceptándose la corrección de error material en los costos de la revista Costos y la corrección y actualización de costos de la revista Capeco; más no los costos unitarios indicados por la recurrente, tomándose los valores expresados por la revista. 2.8. REVISAR LOS COSTOS DE LOS SUELDOS DE INGENIERO ELECTROMECÁNICO E INGENIERO SENIOR 2.8.1. SUSTENTO DEL PETITORIO Que, indica la recurrente, para el cálculo del costo de las horas hombre (h-h) para los profesionales Ing. Electricista, Ing. Electromecánico, Ing. De Operación y Ing. Senior, Osinergmin ha considerado como base el sueldo de profesionales obtenido de la publicación de Price Waterhouse Company (PwC) del año 2022; Que, señala que en el caso del sueldo del Ingeniero Electromecánico se presenta una reducción signi fi cativa de USD 2 491,10 a USD 2 080,90 respecto a la actualización de la Base de Datos con costos 2021. Añade que, en el caso del Ingeniero Senior, también se presenta una reducción de USD 2 742,30 a USD 2 658,00, coincidiendo, en esta ocasión, con el sueldo del ingeniero electricista, a diferencia de lo que se consideró en la Base de Datos del año 2022, donde el sueldo del Ingeniero Senior era superior al del Ingeniero Electricista en 9,7%; Que, la recurrente ha elaborado un cuadro comparativo donde muestra los sueldos de profesionales de la Base de Datos del año 2022 (costos 2021) y la Base de Datos del año 2023 (costos 2022), y solicita la revisión de los sueldos de los profesionales y que se adjunte la información de PwC considerada para los módulos 2022 y 2023 a fi n de efectuar la trazabilidad de la información. 2.8.2. ANÁLISIS DE OSINERGMINQue, se ha encontrado un error material en las Bases de Datos anteriores con costos 2020 y 2021, al no haberse actualizado el costo de Ing. Senior, manteniendo el valor de USD 2 742,00. En la publicación de actualización con costos 2022, se actualizó el profesional Ing. Senior considerando el costo del Ing. Electricista. Que, no obstante, se ha revisado el Informe de Remuneración Mensual por Puesto Comparado de la