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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2023 (01/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Lunes 1 de mayo de 2023 El Peruano / reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas o privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas; así como a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción; Que, el artículo 12 del precitado Reglamento, estipula que se considera como acción distinguida, todo acto que en servicio o en provecho de las relaciones laborales, el diálogo social, la concertación laboral, el trabajo, el empleo, la capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo o la seguridad social, realiza cualquier persona natural o jurídica, peruana o extranjera, demostrando desinterés, austeridad y abnegación para el cumplimiento del deber, en forma tal, que individualice al autor sobre el resto de las personas; Que, el Consejo de la Orden del Trabajo es el órgano que evalúa las propuestas presentadas y elige a los condecorados, personas naturales o jurídicas. También define los grados de condecoración que pueden ser: Gran Cruz, Gran Oficial, Comendador y Oficial; Que, el Consejo de la Orden del Trabajo, es presidido por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo por delegación del Gran Maestre, la señora Presidenta de la República. Conforme con lo anterior, para el presente año este Consejo quedó conformado a través de la Resolución Ministerial Nº 147-2023-TR; Que, mediante la Hoja de Elevación Nº 0345-2023- MTPE/4/10 el Secretario del Consejo de la Orden de Trabajo traslada el Informe Nº 0026-2023-MTPE/4/10, con el que sustenta y propone quienes son las personas a las que, en el presente año, les corresponde la condecoración con la Orden de Trabajo; Que, de acuerdo con los términos de la propuesta, se presentó la candidatura de la señora Isabel Cortez Aguirre, que ostenta actualmente el cargo de Congresista de la República y fue obrera de limpieza pública y activista sindical municipal. Promovió y contribuyó a la defensa de los trabajadores de limpieza, liderando el Sindicato de Trabajadores Obreros y Obreras, incentivando la participación de la mujer en la dirección sindical; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; Que, con fecha 20 de abril de 2023, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por funcionarios públicos y personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculados al mundo laboral, deliberó y aprobó por mayoría, el otorgamiento, de la Condecoración de la Orden del Trabajo, a la señora ISABEL CORTEZ AGUIRRE, en el Grado de “O fi cial”; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 20585, Decreto Ley que establece normas para otorgar la Condecoración de la Orden de Trabajo; el Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1. - Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de “O fi cial” a la señora ISABEL CORTEZ AGUIRRE, extendiéndose el Diploma correspondiente. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANTONIO FERNANDO VARELA BOHÓRQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2173768-4Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Oficial” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2023-TR Lima, 30 de abril de 2023 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, establece que la condecoración de la Orden del Trabajo es el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas o privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas; así como a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción; Que, el artículo 12 del precitado Reglamento, estipula que se considera como acción distinguida, todo acto que en servicio o en provecho de las relaciones laborales, el diálogo social, la concertación laboral, el trabajo, el empleo, la capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo o la seguridad social, realiza cualquier persona natural o jurídica, peruana o extranjera, demostrando desinterés, austeridad y abnegación para el cumplimiento del deber, en forma tal, que individualice al autor sobre el resto de las personas; Que, el Consejo de la Orden del Trabajo es el órgano que evalúa las propuestas presentadas y elige a los condecorados, personas naturales o jurídicas. También defi ne los grados de condecoración que pueden ser: Gran Cruz, Gran O fi cial, Comendador y O fi cial; Que, el Consejo de la Orden del Trabajo, es presidido por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo por delegación del Gran Maestre, la señora Presidenta de la República. Conforme con lo anterior, para el presente año este Consejo quedó conformado a través de la Resolución Ministerial Nº 147-2023-TR; Que, mediante la Hoja de Elevación Nº 0345-2023- MTPE/4/10 el Secretario del Consejo de la Orden de Trabajo traslada el Informe Nº 0026-2023-MTPE/4/10, con el que sustenta y propone quienes son las personas a las que, en el presente año, les corresponde la condecoración con la Orden de Trabajo; Que, de acuerdo con los términos de la propuesta, se presentó la candidatura de la señora Giovanna Villegas Zapata, Economista y MBA Executive, con experiencia en gestión de programas sociales. Fundó en noviembre 2009 la Asociación de Baristas en el Perú “ARTEBAR”, para lo cual congregó a 17 baristas quienes decidieron impulsar el barismo en nuestro país. A través de ARTEBAR, ha promovido el voluntariado del barismo para así capacitar a emprendedores en el rubro del café. Asimismo, fi rmó la “Alianza Café” con la fi nalidad de brindar servicios de capacitación a jóvenes agricultores en la zona del Monzón. Ha recibido reconocimientos de diferentes instituciones, así como de la Municipalidad de Villarrica; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; Que, con fecha 20 de abril de 2023, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por funcionarios públicos y personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por mayoría cali fi cada, el otorgamiento, de la Condecoración de la Orden del Trabajo a la señora GIOVANNA VILLEGAS ZAPATA, en el Grado de “O fi cial”; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 20585, Decreto Ley que establece normas para otorgar la Condecoración de la Orden de Trabajo; el Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1. - Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de “O fi cial” a la señora GIOVANNA