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36 NORMAS LEGALES Jueves 18 de mayo de 2023 El Peruano / VISTOS: El O fi cio N° 009-2023-FRMR-PI-CEC-UNIQ, el O fi cio N° 098-2023-VPI-UNIQ, el Acuerdo Nº 150-2023-SO-CCO-UNIQ de Sesión Ordinaria N° 14-2023-SO-CCO-UNIQ, de CCO, y; CONSIDERANDO:Que, conforme al 4to párrafo del Art. 18, de la Constitución Política del Estado, concordante con el Art. 8, de la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, el Estado reconoce la autonomía Universitaria en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Se rige por su estatuto, instrumento que ha sido elaborado bajo el respeto irrestricto de la Constitución, Ley Universitaria y demás normas concordantes; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18, de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 30220-Ley Universitaria, a las “Disposiciones para la Constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y modi fi cada con RVM N° 055-2022-MINEDU, RVM N° 053-2023-MINEDU, el Estatuto de la UNIQ y a lo acordado por el pleno del Consejo de Comisión Organizadora de la UNIQ; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios a la ciudad de La Másica, Atlántida-Honduras, Chiapas-México, a partir del 20 de mayo al 02 de junio de 2023, a favor de los docentes Fanny Rosario Márquez Romero, Wilton Henry Céspedes del Pozo y Alfredo Modesto Maracavillaca Luna, a fi n de participar en la pasantía internacional en las instalaciones de la Fundación Hondureña de Investigación Agrícola (F.H.I.A), y a la Agencia Universitaria para el desarrollo Cacao-Chocolate (AUDES) de la Universidad Autónoma de Chiapas en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. Artículo Segundo.- DISPONER, se otorgue a favor de los docentes en mención, pasajes; Quillabamba-Cusco-Lima, ciudad de La Másica, Atlántida-Honduras, Chiapas-México y VICEVERSA. Viáticos por dos (02) días, conforme a la escala dentro del Territorio Nacional y viáticos por doce (12) días, conforme a la escala de viáticos para viajes en comisión de servicios al exterior, debiendo rendir cuenta documentada y oportuna de los gastos efectuados con arreglo a ley. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje. Los comisionados están en la obligación de presentar ante el Presidente de la CO de la UNIQ un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, dentro del marco del Proyecto de Investigación denominado: “RESISTENCIA DE CLONES DE CACAO CHUNCHO A Moniliophtora perniciosa Y CONTROL DE ESCOBA DE BRUJA EN LA CONVENCION”, y conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Ley Nº 27619-Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba. www.uniq.edu.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. CERAPIO N. QUINTANILLA CÓNDOR Presidente Comisión Organizadora EDGAR PINTO HUANCAVILCA Secretario General 2178296-1Designan responsable de brindar información de acceso público de la Universidad Nacional de Barranca UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA N° 379-2023-UNAB Barranca, 2 de mayo de 2023VISTO:El Exp.0770-2023-Presidencia, INFORME N° 08-2023- UNAB/OSG y la Resolución de Comisión Organizadora N° 336-2023; CONSIDERANDO:Que, el párrafo cuarto del artículo 18 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 4 del Estatuto de la UNAB; Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 050-2023-MINEDU, de fecha 12 de abril de 2023, se reconformo la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 133-2017-CO-UNAB de fecha 11 de abril de 2017, se designa al Abg. ABIDAN TIPO YANAPA, como responsable del Portal de Transparencia y de brindar información de acceso público; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 336-2023- UNAB de fecha 19 de abril de 2023, se da por concluida al 19 de abril de 2023, la designación del Abg. ABIDAN TIPO YANAPA, como Secretario General de la Universidad Nacional de Barranca; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; dispone el Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la administración pública, y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en virtud de la presente Ley; Que, mediante Informe N° 08-2023-UNAB/OSG, el Secretario General hace de su conocimiento que mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 133-2017-CO-UNAB, se designa al Abg. ABIDAN TIPO YANAPA, como responsable del Portal de Transparencia y de Brindar Información de Acceso Público; asimismo, con Resolución Comisión Organizadora N° 336-2023-UNAB, de fecha 19 de abril del presente año, se da por concluida su designación como Secretario General de esta casa superior de estudios. En tal sentido, en mi condición de Secretario General presento una propuesta: - DESIGNAR al Lic. Adm. DOUGLAS PAVEL RAMOS DURAN, como responsable de Brindar Información de Acceso Público, en adición a sus funciones de Jefe de la Unidad de Registro de Grados, Títulos y Certi fi caciones. Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, en Sesión Extraordinaria de fecha 2 de mayo de 2023, acordó por unanimidad DESIGNAR al Lic. Adm. DOUGLAS PAVEL RAMOS DURAN, como responsable de Brindar Información de Acceso Público, en adición a sus funciones de Jefe de la Unidad de Registro de Grados, Títulos y Certi fi caciones de la Universidad Nacional de Barranca; Conforme a las disposiciones establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley N° 30220-Ley