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5 NORMAS LEGALES Lunes 22 de mayo de 2023 El Peruano / marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 01-2021-ITP/ DE y que la evaluación de las trece (13) actividades de comercialización corresponde a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; asimismo, consideró que los doscientos cuarenta y nueve (249) servicios tecnológicos son técnicamente viables para la aplicación del régimen de incentivos establecido en el numeral 8.2 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE; Que, con Memorando N° 0116-2023-ITP/OA de fecha 23 de enero de 2023, sustentado el Informe N° 0026-2023-ITP/OA-CONT, la O fi cina de Administración señaló que se encuentra conforme con el cálculo del costo de depreciación de la propuesta del tarifario del CITEagroindustrial; Que, mediante Memorando N° 0249-2023-ITP/ OGRRHH de fecha 06 de febrero de 2023, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos remitió la validación del costo de mano de obra por minuto de la propuesta de Tarifario del CITEagroindustrial, señalando que se encuentra conforme; Que, con Memorando N° 0582-2023-ITP/OA de fecha 08 de marzo de 2023, sustentado en el Informe N° 0828-2023-ITP-OA-ABAST, la O fi cina de Administración señaló que se han validado los costos de materiales fungibles y no fungibles de la propuesta de Tarifario del CITEagroindustrial, además estos corresponden a compras realizadas por el ITP; Que, con Memorando N° 1468-2023-ITP/OPPM de fecha 13 de marzo de 2023, sustentado en el Informe Técnico N° 0020-2023-ITP/MODERNIZACION de fecha 10 de marzo de 2023, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable a la propuesta de Tarifario del CITEagroindustrial conformado por doscientos cuarenta y nueve (249) servicios tecnológicos y a nueve (9) actividades de comercialización de las trece (13) actividades de comercialización propuestas por el CITE, así como recomendó derogar el tarifario aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0043-2021-ITP/DE; Que, mediante Informe N° 0147-2023-ITP/OAJ del 04 de abril de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde aprobar el tarifario de servicios tecnológicos del CITEagroindustrial, conformado por doscientos cuarenta y nueve (249) servicios tecnológicos y nueve (9) actividades de comercialización, en consecuencia, corresponde derogar el tarifario aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0043-2021-ITP/DE; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE:Artículo 1.- Derogar la Resolución Ejecutiva N° 0043-2021-ITP/DE que aprueba el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial– CITEagroindustrial”. Artículo 2.- Aprobar el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial– CITEagroindustrial”, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y conforme al Anexo adjunto que forma parte integrante del presente acto resolutivo. Artículo 3.- Disponer que los servicios tecnológicos derogados con la aprobación del tarifario a que se re fi ere el artículo 2 de la presente Resolución que se encuentren en ejecución, solo continúan vigentes hasta la culminación de la prestación de dichos servicios.Artículo 4.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información en aplicación del artículo 1 y artículo 2 de la presente Resolución, realice las acciones correspondientes en coordinación con los órganos competentes para la actualización del Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios Tecnológicos del ITP – SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales a los servicios tecnológicos conforme a la Directiva N° 002-2021- ITP/DE (versión 02). Artículo 5.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO RODRIGUEZ SORIA Director EjecutivoInstituto Tecnológico de la Producción 2179579-1 Aprueban el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero– CITEpesquero” RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 077-2023-ITP/DE San Isidro, 10 de mayo de 2023VISTOS:El Informe Técnico N° 0019-2022-ITP/CITEPESQUERO- CALLAO de fecha 27 de diciembre de 2022 y el Proveído N° 0010-2023-ITP/CITEPESQUERO-CALLAO de fecha 04 de enero de 2023, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero – CITEpesquero; el Memorando N° 0013-2023-ITP/DEDFO de fecha 11 de enero de 2023 de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando N° 0121-2023-ITP/OA de fecha 23 de enero de 2023 y el Memorando N° 0536-2023-ITP/OA de fecha 06 de marzo de 2023 de la Ofi cina de Administración; el Memorando N° 0256-2023-ITP/ OGRRHH de fecha 07 de febrero de 2023 de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando N° 1628-2023-ITP/OPPM de fecha 20 de marzo de 2023 de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 0163-2023-ITP/OAJ de fecha 17 de abril de 2023, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, establece que los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP, encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda; Que, el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, señala que los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i) Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii) Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información; Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros