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58 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de noviembre de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa; Que, mediante Ley N° 31785, Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, respecto de las Funciones Básicas del SERNANP, modi fi ca el literal d) del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final, facultando al SERNANP para ejercer la potestad de ejecución coactiva en los casos que corresponda; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS constituye el marco legal de los actos de ejecución coactiva que corresponde a todas las entidades de la Administración Pública, de conformidad con el artículo 1 de la citada norma; Que, el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, establece que el Ejecutor Coactivo es el titular del procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la obligación, de acuerdo a lo establecido en dicha Ley; señalando que su cargo es indelegable; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la mencionada norma, establece que la designación del Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo, se efectúan mediante Concurso Público de méritos y que ambos ingresan como funcionarios a la entidad a la que representan, ejerciendo su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, de la misma forma el artículo 33-A del precitado Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, dispone que: “Solo los Ejecutores coactivos debidamente acreditados ante las entidades del sistema fi nanciero y bancario, la Policía Nacional del Perú, las diferentes ofi cinas registrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nación, podrán ordenar embargos o requerir su cumplimiento. Dicha acreditación deberá contener, cuando menos, el nombre de la persona, el número del documento de identi fi cación personal, el domicilio personal, el número de inscripción correspondiente a su colegiatura, el número y fecha de la resolución que lo designa, el registro de fi rmas y sellos correspondiente, la dirección de la o fi cina en donde funciona la Ejecutoría coactiva de la Entidad. La acreditación del Ejecutor coactivo deberá ser suscrita por el titular de la Entidad correspondiente”; Que, asimismo, el artículo 1 de la Ley N° 27204, Ley que precisa que los cargos de Ejecutor y de Auxiliar Coactivo no son cargos de con fi anza, establece que los ejecutores y auxiliares coactivos son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, se realiza en los términos señalados en el artículo 7 de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, precisando además que no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, la O fi cina de Administración a través del Memorándum N° 1430-2023-SERNANP-OA del 16 de octubre de 2023, señala que mediante proceso de selección para la contratación administrativa de servicios CAS N° 12-2023-SERNANP, se realizó la convocatoria para la contratación de un Ejecutor Coactivo y de un Auxiliar Coactivo, resultando ganador el señor Juan Antonio Uejowa Miyashiro y la señora Mónica Lisette Choncén Córdova respectivamente, por lo que dicha Ofi cina solicita se tramite la resolución que formalice la respectiva designación; Que, en atención a ello, con Informe N° 580-2023-SERNANP-OA-UOFRH, la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, concluye que resulta procedente la emisión de la resolución que designe al señor Juan Antonio Uejowa Miyashiro como Ejecutor Coactivo quien suscribió el Contrato Administrativo de Servicios N° 338-2023-SERNANP y a la señora Mónica Lisette Choncén Córdova como Auxiliar Coactivo quien suscribió el Contrato Administrativo de Servicios N° 339-2023-SERNANP, puesto que cumplen con los requisitos para asumir dicho cargo, en su condición de ganadores del Proceso de Selección de la Contratación Administrativa de Servicios N° 12-2023-SERNANP, precisando además que dicha designación será efectiva a parir de la fecha de la resolución que formalice; Que, a su vez, en el Informe N° 0483-2023-SERNANP- OAJ del 30 de octubre de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, en atención a lo sustentado por la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración, así como, en concordancia con la normativa aplicable, corresponde emitir la resolución presidencial, de acuerdo a lo solicitado; la cual deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Con las visaciones de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y; En uso de las atribuciones contenidas en el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008- MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a partir de la fecha, al señor Juan Antonio Uejowa Miyashiro como Ejecutor Coactivo de la O fi cina de Administración del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, de acuerdo a lo vertido en la presente resolución. Artículo 2.- Designar a partir de la fecha, a la señora Mónica Lisette Choncén Córdova como Auxiliar Coactiva de la O fi cina de Administración del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, de acuerdo a lo vertido en la presente Resolución. Artículo 3.- Noti fi car la presente Resolución a los servidores Juan Antonio Uejowa Miyashiro y Mónica Lisette Choncén Córdova, así como a la O fi cina de Administración. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal web institucional: : https://www.gob.pe/sernanp Regístrese y comuníquese.JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE Jefe del SERNANP 2230432-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Dan por concluida designación y modifican el artículo 2 de la Res. N° 00038-2022- SENACE/PE, que designa a representantes del Senace, ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del subsector Pesca del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00101-2023-SENACE-PE Lima, 30 de octubre de 2023 VISTOS: El Memorando N° 00153-2023-SENACE-PE y el Informe N° 00239-2023-SENACE-GG/OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y,