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61 NORMAS LEGALES Domingo 12 de noviembre de 2023 El Peruano / 253-2023-GDUCT/MDPH de fecha 13 de Octubre del 2023 e Informe Nº 179-2023-OAJ/MDPH de fecha 20 de Octubre del 2023 emitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el numeral 3) del artículo 9 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40 de la acotada norma que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia. Que, el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, con Informe Nº Informe N° 253-2023-GDUCT/ MDPH la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial remite el proyecto de ordenanza municipal que aprueba 4 procedimientos administrativos relacionados a Licencias de Edi fi cación modalidades C y D, proyecto que ha sido elaborado en el marco de los dispositivos legales vigentes., en atención al Informe Nº 276-2023-SGOPYC- GDUCT/MDPH. Por otro lado con Informe Nº 179-2023- OAJ/MDPH la O fi cina de Asesoría Jurídica cumple con emitir la opinión legal favorable respecto al proyecto de ordenanza municipal precitado. Por lo que, estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA 04 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y CONTROL TERRITORIAL Artículo Primero.- APRUÉBESE 04 procedimientos administrativos de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial, así como los requisitos, plazos, califi cación e instancias de resolución, conforme se detalla en anexo adjunto, el cual forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE que la presente ordenanza será publicada en el Diario O ficial El Peruano. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE que el Anexo de la presente Ordenanza, será publicada solo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (www.munipuntahermosa.gob.pe). Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza a las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa que participan en la atención de los 04 procedimientos administrativos en exclusividad aprobados. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 2230574-1Ordenanza que aprueba 03 servicios exclusivos de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro ORDENANZA N° 499-MDPH Punta Hermosa, 25 de octubre de 2023 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO: El Informe Nº 277-2023-SGOPYC-GDUCT/ MDPH de fecha 12 de octubre del 2023, Informe N° 255-2023-GDUCT/MDPH de fecha 13 de Octubre del 2023 e Informe Nº 179-2023-OAJ/MDPH de fecha 20 de Octubre del 2023 emitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el numeral 3) del artículo 9 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40 de la acotada norma que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia. Que, el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, con Informe Nº 277-2023-SGOPYC-GDUCT/ MDPH la Sub Gerencia de Obras Privadas y Control Territorial emite el proyecto de ordenanza municipal que aprueba 03 servicio exclusivos del área de catastro, en el marco de los dispositivos legales vigentes. Por otro lado, con Informe Nº 179-2023-OAJ/MDPH la O fi cina de Asesoría Jurídica cumple con emitir la opinión legal favorable respecto al proyecto de ordenanza municipal precitado. Por lo que, estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA 03 SERVICIOS EXCLUSIVOS DE LA SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y CATASTRO Artículo Primero.- APRUÉBESE 03 servicios prestados en exclusividad de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, así como los requisitos, plazos, califi cación e instancias de resolución, conforme se detalla en anexo adjunto, el cual forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE que la presente ordenanza sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano,. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE que el anexo de la presente Ordenanza sea publicado solo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (www.munipuntahermosa.gob.pe)