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53 NORMAS LEGALES Domingo 19 de noviembre de 2023 El Peruano / Supremo N° 018-2008-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, en atención a lo solicitado por la Subgerencia de Recursos Humanos. - Este despacho recomienda la Publicación de la Resolución, en El Diario O fi cial “El Peruano”; asimismo, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. - Asimismo, noti fi car a las siguientes Empresas Bancarias, Entidades Financieras Estatales; Empresas Financieras; Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC); Cajas Municipales de Crédito y Popular (CMCP); Cajas Rurales de Ahorro y Crédito (CRAC); Edpymes; Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP); Policía Nacional del Perú y demás entidades competentes para los fi nes correspondientes. Que, a través del Proveído N° 8477 de fecha 14 de noviembre de 2023, la Gerencia Municipal remite a la Secretaría General el expediente administrativo, a fi n de tomar acciones; Estando a lo expuesto, con el visado de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Recursos Humanos, en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR a la señora JUAREZ PACHECO, LOURDES ANDREA, identi fi cada con DNI N° 70916475, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Rentas y Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria se sirva noti fi car a las Empresas Bancarias, Entidades Financieras Estatales; Empresas Financieras; Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC); Cajas Municipales de Crédito y Popular (CMCP); Cajas Rurales de Ahorro y Crédito (CRAC); Edpymes; Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP); Policía Nacional del Perú y demás entidades competentes para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General disponga la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a las demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla y en la página del portal o fi cial del Estado Peruano. Artículo 5.- ENCARGAR a la Secretaría General la notifi cación de la presente Resolución a la interesada y a las unidades orgánicas competentes para los fi nes correspondientes. Regístrese y comuníquese.JHOVINSON HUGO VASQUEZ OSORIO Alcalde 2235904-1 Designan Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Rentas y Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distrital de Ventanilla RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 0376-2023/MDV-ALC Ventanilla, 14 de noviembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:El Informe Nº 3148-2023-MDV-GAF-SGRH de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Memorando N° 2333-2023/MDV-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Legal N° 426-2023/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Proveído N° 8489-2023 de la Gerencia Municipal, respecto a la emisión del documento autoritativo que designe al Ejecutor Coactivo, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa, y; CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado mediante el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, estipula taxativamente en su numeral 7.1 del artículo 7° que, “ La designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos”, cuyas formalidades para el ingreso a la Administración Pública se encuentran debidamente establecidas en los artículos 28° y 30° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, dispositivo legal que aprobó el reglamento de la carrera administrativa, regulado por el Decreto Legislativo N° 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público; asimismo, el numeral 7.2 señala que: “Tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva.”; Que, el artículo 33-A del citado Decreto, señala que: “Sólo los Ejecutores coactivos debidamente acreditados ante las entidades del sistema fi nanciero y bancario, la Policía Nacional del Perú, las diferentes o fi cinas registrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nación, podrán ordenar embargos o requerir su cumplimiento. Dicha acreditación deberá contener, cuando menos, el nombre de la persona, el número del documento de identi fi cación personal, el domicilio personal, el número de inscripción correspondiente a su colegiatura, el número y fecha de la resolución que lo designa, el registro de fi rmas y sellos correspondiente, la dirección de la o fi cina en donde funciona la Ejecutoría coactiva de la Entidad. La acreditación del Ejecutor coactivo deberá ser suscrita por el titular de la Entidad correspondiente. Que, el artículo 1° de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es cargo de con fi anza, establece que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7 de la Ley Nº 26979, “Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva”, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, a través de la Resolución de Alcaldía N° 254- 2023/MDV-ALC de fecha 04 de agosto de 2023, se conformó la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Méritos que se encargará de llevar a cabo el proceso de selección para la contratación de un (01) ejecutor coactivo bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa, la cual quedará integrada de la siguiente manera: - Gerente de Administración Tributaria – Presidente. - Subgerente de Rentas y Ejecutoría Coactiva – Miembro. - Subgerente de Recursos Humanos – Miembro. Que, por medio del Acuerdo de Concejo N° 085-2023/ MDV-CDV de fecha 28 de septiembre de 2023, se aprobó el Dictamen N° 009-2023-MDV-CAL-CAF de la Comisión