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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (20/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 2

2 NORMAS LEGALES Lunes 20 de noviembre de 2023 El Peruano / Res. N° 078-2023-SUSALUD/S.- Disponen la publicación de proyecto de norma que modifica el “Reglamento para la Gestión del Riesgo Operacional en las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud” 19 Res. N° 083-2023-SUSALUD/S.- Disponen la publicación del proyecto normativo que aprueba el “Reglamento del Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación - Modelo TEDEF-IPRESS-IAFAS y TEDEF-SUSALUD” y anexos 19 ORGANISMOS AUTÓNOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. SBS N° 03827-2023.- Autorizan viaje de Intendente de Riesgo Operacional de la Superintendencia Adjunta de Riesgos para participar en evento a realizarse en la Confederación Suiza 21GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza N° 489-2023/GRP-CR.- Declaran de interés regional la implementación del “Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025” 22 Ordenanza N° 490-2023/GRP-CR.- Modifican el Artículo Cuarto de la Ordenanza Regional N° 446-2019/GRP-CR, “Ordenanza Regional que Declara de Interés Regional la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores y Aprueba la Creación del Consejo Regional para las Personas Adultas Mayores” 24 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA D.A. N° 003-2023/MDSR.- Conforman el Comité Electoral para la elección de los representantes de la Sociedad Civil que formarán parte del Consejo de Coordinación Local Distrital del Distrito de Santa Rosa, y dictan otras disposiciones 26 PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican el Padrón de Beneficiarios para el otorgamiento de la subvención económica, única y extraordinaria, autorizada mediante el artículo 7 del D.U. N° 029-2023, aprobado por el artículo 1 de la R.M. N° 343-2023-MINCETUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 350-2023-MINCETUR Lima, 18 de noviembre de 2023 VISTOS, el Informe N° 0157-2023-MINCETUR/VMT/ DGA/DDA-DCV de la Dirección General de Artesanía; el Informe N° 0122-2023-MINCETUR/VMT/DGPDT/DNCT-MAR de la Dirección de Normatividad y Calidad Turística; el Informe N° 0086-2023-MINCETUR/VMT/DGPDT- AMD de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico; el Memorándum Nº 1530-2023-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; el Informe Nº 0422-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorándum Nº 1097-2023-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 029-2023, se dictan medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera, para el Año Fiscal 2023, a fi n de impulsar la economía familiar de las personas en situación de vulnerabilidad y la reactivación del sector turismo, entre otras disposiciones; Que, el artículo 7 del referido Decreto de Urgencia autoriza al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR a otorgar una subvención económica, única y extraordinaria, por el monto de S/ 800,00 (OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES) a favor de los guías de turismo, licenciados en turismo que realizan la actividad de guiado turístico, guías de montaña, guías de caminata, y artesanos a nivel nacional, que realicen actividades de manera independiente y que cumplan con las condiciones establecidas en el referido artículo; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 029-2023 autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público hasta por la suma de S/ 32 092 068,00 (TREINTA Y DOS MILLONES NOVENTA Y DOS MIL SESENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con cargo a la Reserva de Contingencia, para fi nanciar el otorgamiento de la subvención económica a que se re fi ere el artículo 7 del citado Decreto de Urgencia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 221-2023- MINCETUR se aprueba la desagregación de los recursos autorizados por el Decreto de Urgencia Nº 029-2023, en el Presupuesto Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 32 092 068,00 (TREINTA Y DOS MILLONES NOVENTA Y DOS MIL SESENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES); Que, el numeral 10.5 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 029-2023 establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR aprueba mediante Resolución Ministerial, las disposiciones complementarias para el otorgamiento, operatividad, monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los recursos autorizados en la transferencia de partidas mencionada; Que, mediante Resolución Ministerial N° 247-2023- MINCETUR, en cumplimiento del numeral 10.5 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 029-2023, se aprueba las Disposiciones complementarias para el otorgamiento, operatividad, monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los recursos autorizados; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 346-2023- MINCETUR, se modi fi ca el sub numeral 3.1.3 del numeral 3.1, y sub numeral 3.4.6 de numeral 3.4 del artículo 3; así como la Única Disposición Complementaria Final; recti fi ca la numeración de los sub numerales 3.4.8 al 3.4.12 del numeral 3.4 del artículo 3; e incorpora la Segunda y Tercera Disposición Complementaria Final en las Disposiciones complementarias aprobadas por Resolución Ministerial Nº 247-2023-MINCETUR; Que, el sub numeral 3.4.1 del numeral 3.4 del artículo 3 de las citadas Disposiciones Complementarias, señala que la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo del MINCETUR,