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6 NORMAS LEGALES Lunes 20 de noviembre de 2023 El Peruano / Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0012-2023-SDDPCIC-HCO-MC de fecha 09 de octubre de 2023, así como en los Informes N° 001225-2023-DSFL/MC e Informe N° 000163-2023-DSFL- LMS/MC ambos de fecha 20 de octubre de 2023 y en el Plano Perimétrico con código PD-01 (Octubre 2023); los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación:xDe acuerdo a la inspección realizada, se presenta una trocha carrozable que ha sido culminada y que hasta la fecha no ha tenido mantenimiento lo que está produciendo colapso de los perfi les producto de la creación de la trocha carrozable, sin la autorización correspondiente. - Señalización: xSe instalará la señalización respectiva cuando se aprueba la protección provisional. - Retiro de estructuras temporales, maquinarias, herramientas, elementos y/o accesorios: xEn la actualidad y al momento de la inspección no existe maquinarias ni herramientas de obra en la trocha carrozable que ha sido culminada y paralizada porque a la fecha no se tiene ningún mantenimiento.Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de San Francisco de Asís a fi n de que procedan de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.peRedes Sociales: • Información noticiosa • Especiales • Cobertura fotográfica• Podcast, videos y canal online.